Un grupo de ONG de derechos humanos dio a conocer un
informe evaluativo sobre el desempeño de la Defensoría del Pueblo para el
período 2007 – 2012, basado en la experiencia de diversas organizaciones de
derechos humanos y desarrollo social en su relación con la institución y
teniendo como parámetro los Principios de París relativos al estatuto y
funcionamiento de las instituciones nacionales de protección y promoción de los
derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas.
Entre los hallazgos del estudio se encuentra la ausencia de
independencia de los máximos responsables de la institución; la falta de
estímulo al cumplimiento con estándares internacionales de derechos humanos y
el cuestionamiento de los órganos de protección; la instrumentalización del
Informe de la defensoría “como un mecanismos más de propaganda del gobierno”; y
la existencia de una oferta formativa en derechos humanos sesgada y excluyente.
Casos emblemáticos como el de la Juez Afiuni no ameritan ni
una sola mención en los informes de la Defensoría. El silencio también abarca
el cumplimiento de compromisos internacionales, ya que, según el estudio, “en
vez de instar al acatamiento de decisiones, la Defensoría se ha convertido en
un vocero más de cuestionamiento y desacato a sentencias y resoluciones
internacionales y regionales. Más aun, no criticó y al contrario, apoyó la
denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.
El dato más categórico que revela el informe se refiere a la
actuación de la Defensoría del Pueblo en representación de víctimas de
violaciones de derechos humanos, la cual se encuentra totalmente ausente,
estando orientada principalmente a asuntos relacionados con servicios públicos
donde la responsabilidad recae sobre particulares o sobre el papel regulador
del Estado frente a éstos. El informe señala que “pese a que las denuncias por
servicios públicos solo alcanzan un 7% del total de denuncias recibidas por la
institución, las competencias cuasijurisdiccionales solo se han usado en materia
de derechos humanos en un caso de 1966, es decir, sobre hechos previos a la
existencia misma de la DP” y se negó abiertamente a hacer uso de sus facultades
en un caso de violación del derecho a la vida que afectó a un menor de edad en
El Nula, estado Apure, y que hasta hoy se mantiene en impunidad.
Las organizaciones autoras del informe hacen un llamado a la
Defensoría del Pueblo para que ajuste sus actuaciones a los estándares
internacionales de Naciones Unidas sobre lo que se conoce como Instituciones
Nacionales de Derechos Humanos, que abarcan Defensorías, Oficinas de Ombudsman
y similares.
El informe fue elaborado con aportes de Acción Solidaria,
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello, Civilis Derechos Humanos, Espacio Público y
el Programa Venezolano de Educación – Acción en Derechos Humanos.
Informe Completo:
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