Comunicados sobre DDHH

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lunes, 17 de diciembre de 2012

Suprema Felicidad Social de las personas Sexodiversas y personas con VIH


ACCSI Acción Ciudadana Contra el Sida


Todas las personas son iguales ante la ley y prohibida todo tipo de discriminación, según artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Pero la realidad es otra al ser lesbiana, gay, bisexual, trans e intersex y/o se vive con VIH. Aunque las leyes no las penalizan, vivir con una o dos de estas realidades convierten a la persona en foco de discriminación, estigma y hasta llegar a la muerte social y física. Así lo demuestra el 2012 que culmina con alarmantes situaciones de violaciones de derechos humanos de ambas poblaciones:

La opinión pública se estremeció al conocer del Ministerio de Salud que entre 2009-2011 se produjeron casi 5 mil muertes por SIDA y más de 33 mil nuevas infecciones por VIH, la mayoría en hombres que tienen sexo con hombres y trans de 15 a 24 años de edad. A esto se añade el maltrato y negación de atención médica, escasez de medicamentos antirretrovirales y reactivos, exigencia de pruebas antiVIH en el trabajo (preempleo y permanencia) causando despidos injustificados, entre otros, lo que fue rechazado por las ONG al ser violaciones a derechos constitucionales.

ONG y medios de comunicación denunciaron que personas sexodiversas fueron víctimas de insultos, agresión verbal y física, abuso de poder, no reconocimiento de la identidad de género, golpes, extorsiones, heridas de balas, detenciones arbitrarias, amenazas de muerte, torturas (electricidad en varias partes del cuerpo; quemaduras con fuego mientras agonizaban y lanzadas en fosas de un cementerio), y crímenes de odio, unos degollados.

Atropellos en ambas realidades ocurren en lo público y privado siendo denunciado por ciudadanos con VIH y/o sexodiversos, ONG y medios de comunicación, pero se quedan sin respuestas efectivas y eficientes del Estado por falta de voluntad política, prejuicios, tabúes, el peso de la religión en la toma de decisiones de las políticas públicas, inadecuada administración de justicia e incumplimiento del marco legal, quedando la mayoría de los casos en total impunidad, victimas desamparadas y agresores cada vez más feroces e inhumanos, lo que pareciera la pérdida de la institucionalidad en Venezuela.

A esta violencia se suman posiciones que legitiman la homofobia de algunos políticos y funcionarios. “Acabaré con el homosexualismo en Aragua” fue propuesto por Luis Zapata aspirante a diputado por Aragua PSUV [Diario El Periodiquito dic. 2012] para erradicar a los colectivos sexodiversos de ese estado. La homofobia de las autoridades de la Universidad Simón Bolívar tiene seis años impidiendo se reconozca al Grupo de Diversidad Sexual como agrupación estudiantil de esa Alma Máter. Nicolás Maduro cuando fue Canciller se refirió a líderes opositores como “sifrinitos, mariconsones y fascistas”, siendo validado con risas y aplausos de Robert Serra Diputado PSUV de la Asamblea Nacional, Cilia Flores Procuradora General, Maripili Hernández y Eugenia Sader Ministras de Juventud y Salud respectivamente y transmitido por VTV canal del Estado [http://www.youtube.com/watch?v=gVLoI-FSZDI]. Oficialistas y opositores sexodiversos reaccionaron unidos exigiendo respeto a la dignidad de las personas LGBTI como valor de la democracia.

Por estos hechos, los grupos sexodiversos propusieron al Estado políticas públicas vinculadas con la no discriminación; la adecuación del nombre y género de la persona en relación con su identidad de género; e inclusión de sanciones para crímenes de odio por orientación sexual, identidad y/o expresión de género de las víctimas. Aun esperan respuestas. Su constancia hizo que dieran aportes al II Plan Socialista de la Nación y se consideren por el Presidente Chávez. Un Plan Estratégico Nacional de VIH 2012-2016 y aumento del presupuesto para la política pública se logró por la presión de las ONG que laboran en el área, pero otras exigencias sobre derechos humanos siguen sin respuestas.

Reconocer la igualdad de las personas sexodiversas y las que viven con VIH es el reto del Estado, cuyo discurso de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica en un Estado de justicia iniciado en 1999, pase a la práctica con una real protección de derechos y libertades fundamentales; de la autonomía e igualdad en todas las expresiones de género y orientación sexual; independiente del poder religioso o limitaciones o negación de la libertad e igualdad del ejercicio de derechos sexuales, en su rol de Estado Laico; de la paz para el ejercicio de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, sin discriminación y libre de la determinación sexual.

Alberto Nieves
Director Ejecutivo
E-mail: anieves@accsi.org.ve



domingo, 9 de diciembre de 2012

Eliminación de la Violencia contra la Mujer y María Lourdes Afiuni

Observatorio Venezolano de los DDHH de las mujeres

En el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se conmemora  el  25 de noviembre, la Red de Organizaciones que constituimos el Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres repudiamos los dantescos hechos de Violencia contra la Mujer presuntamente cometidos por funcionarias del INOF contra la persona de la jueza María de Lourdes Afiuni durante el tiempo que estuvo ilegalmente recluida, así como el acoso y vejación a la cual está siendo sometida, lo que constituye una violación de sus derechos humanos.

Venezuela, como Estado signatario de la Convenciones Internacional  Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW),  de la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, (Convención Belem Do Para), del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, está obligada, nacional e internacionalmente, a respetar y cumplir estos Tratados  De acuerdo a ellos el caso de la Jueza María  Lourdes Afiuni, puede ser considerado un "crimen de lesa humanidad", contemplado en el Artículo 7 del Estatuto de Roma.

La violencia institucional, física, psicológica y sexual que denuncia la Jueza Afiuni, no solo contra ella sino contra las reclusas del INOF, constituyen flagrante contravención de todos los Tratados Internacionales antes señalados y del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia cuyas bases están en la Constitución y la Ley  Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El juicio que se sigue a  la jueza Maria Lourdes Afiuni llama la atención en el mundo porque en vez de procurarse la libertad para ella, actualmente en arresto domiciliario por sus condiciones de salud, se le ha prorrogado a dos años más. Es la primera vez que una funcionaria del Poder Judicial es encarcelada por tomar una decisión aplicando una resolución de un órgano internacional de protección de los derechos humanos. En este sentido, el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU (GTDA), determinó en septiembre de 2010 que “la detención de la jueza es arbitraria".

No hay que olvidar que la Jueza Afiuni se encuentra privada de libertad por órdenes expresas del  Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, quien pidió, que se le aplicara la pena máxima  de 30 años de prisión, prevista por la ley venezolana para delitos como homicidio o traición a la patria, por el sólo hecho que  la Jueza, María Lourdes Afiuni  dictó una medida  cautelar sustitutiva de prisión justificada por las violaciones al debido proceso, a la cual tienen derecho las personas que van detenidas por delitos.

La Jueza Afiuni, fue detenida el 10 de diciembre de 2009 luego de haber ordenado la libertad condicional del ex banquero Eligio Cedeño, cuya detención también fue declarada arbitraria por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU (GTDA).

La ONU ha exigido al gobierno venezolano la libertad de María de Lourdes Afiuni y el Secretario General se ha referido a este caso en las resoluciones A/HRC2/21/18 parr.68 y 69, A/HRC/18/19 parr.87/90 y A/HRC/14/19 párr. 45/47. Y tres relatorías independientes de expertos de ONU  describieron la detención como un duro golpe a la independencia de los jueces y de los abogados.

Por tales razones, desde Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de la Mujeres, exigimos:

-El respeto y cumplimiento por parte del gobierno de los Tratados  Internacionales de Derechos Humanos, de la Constitución de la República y de La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia.

-El respeto de los derechos humanos fundamentales de las reclusas del INOF, principalmente el derecho a la vida, a la salud y a una vida libre de violencia.

-A la Fiscal General, que proceda a dar curso a la denuncia interpuesta por ante ese despacho contra la Directora del INOF el 8 de Noviembre de 2010 por abuso, maltrato y omisión de socorro en perjuicio de la Jueza Afiuni y ratificadas  por  ella en sus denuncias al periodista Francisco Olivares en el libro "La Presa del Comandante".

-A la Fiscalía General de la República, al Poder Judicial, al Ministerio de Interior y Justicia, al Ministerio de Servicios Penitenciarios, a la Defensoría Nacional de los Derechos Humanos de las Mujeres y demás autoridades competentes, que procedan a investigar de manera oportuna e imparcial  los actos denunciados, a fin de que sus perpetradores sean sometidos a la justicia.

-La liberación inmediata de la jueza María Lourdes Afiuni, como la exige la Comunidad Nacional e Internacional y la ONU 

lunes, 3 de diciembre de 2012

Protocolo de Derechos Humanos para la Prevención y Atención al VIH en Venezuela

Acción Solidaria (AcSol)
Foro por la vida

Nadie es vulnerable al VIH por predisposición natural, creencia ni decisión propia. Las vulnerabilidades se evitan o superan, desarrollando capacidades para dominar eventos, situaciones y procesos relacionados con el VIH, a través de una acción dirigida a la restitución de derechos. El objetivo es lograr que cada persona alcance el mayor grado de autonomía para comprender esos eventos que puedan tener como resultado la transmisión del VIH; adoptar en forma adecuada el proceso de tratamiento a la salud, cuando se ha contraído el VIH; y vencer las situaciones que puedan causar una muerte evitable por Sida. En el Informe de ONUSIDA sobre la Epidemia Mundial de Sida, 2012, Venezuela es uno de los 68 país donde no se observó ningún cambio en el descenso del número de personas que mueren por causas relacionadas con el Sida durante el período 2005-2011, aunque registra un porcentaje mayor al 60% de personas con derecho a recibir los tratamientos antirretrovirales.
Hoy es 1 de diciembre, Día Mundial de Respuesta al VIH/Sida. El lema mundial es “Trabajar juntos para lograr una generación libre del Sida”. Alcanzar este objetivo supone crear un marco de referencia común para garantizar derechos que son negados o restringidos por causas institucionales, jurídicas y operativas; y en esto consiste la adopción de un Protocolo en Derechos Humanos para la Prevención y Atención en VIH promovido por Acción Solidaria y organizaciones de la sociedad civil en VIH de todos los estados, con el cual queremos construir una Red de Compromiso Institucional a través del apoyo mutuo y la acción conjunta para cubrir las necesidades de restitución de derechos a través de acuerdos de colaboración entre las Organizaciones de la Sociedad Civil en VIH y los Centros de Salud, las Instituciones Educativas, los Organismos Oficiales, las Empresas y las Personas con VIH.
Con este protocolo, toda persona o funcionario que realice prevención o asistencia en este campo podría promover y proteger los Derechos Humanos relacionados con el VIH, apoyando y asistiendo a todas las personas sin discriminación alguna; respetando y protegiendo la vida y la integridad de cada persona; y no ejecutando o colaborando en prácticas que menoscaben la dignidad humana y los derechos de las personas. En tal sentido, el Protocolo aporta conceptos, normas y maneras de intervenir que podemos aplicar juntos con dos finalidades: erradicar cualquier forma de privación, maltrato, coerción o confinamiento de personas con VIH en centros de salud, instituciones educativas, centros de trabajo, establecimientos penitenciarios, entre otros; y proteger a las personas con VIH del rechazo, abandono o expulsión de la familia, de las comunidades y de cualquier forma de organización social, económica, política, cultural y religiosa.
Para guiar acerca del contenido de este Protocolo, a continuación se resumen sus principios, derechos y normas:

 
Principios
Derechos
Normas
Descripción
Respeto a las Personas, Ser Ellas Mismas
A la condición de persona
Trato digno
Atención y trato digno de todas las personas, por encima de cualquier otro propósito
Igualdad de trato
No discriminar por edad, género, identidad de género, orientación sexual, raza o condición socio-económica
A la integridad
Libertad de expresión y decisión
Respetar la libre expresión de la identidad o personalidad, y las decisiones sobre el propio cuerpo
A la intimidad
Confidencialidad
Resguardar la privacidad y confidencialidad de la información y comunicarla sólo a quienes las personas deseen hacerlo
A la libertad
Libertad de conciencia y movimiento
Abstenerse de obligar a que se declare la condición serológica o limitar la libertad de opinión, movimiento o contacto con otros
Protección de la Vida, en Toda su   Integridad
A la vida
Inviolabilidad de la vida
Proteger la vida adoptando todas las medidas necesarias para detener una muerte evitable
Al cuidado de la salud
Universalidad de la Atención a la Salud
Atención universal a la salud, disponiendo de controles médicos, campañas públicas, diagnóstico, asesoría previa y posterior a la prueba, y donaciones seguras de sangre, órganos y tejidos     
A estar  libre de riesgos para la salud y la vida
Integralidad de la Atención en VIH
Atención integral para las personas con VIH, disponiendo de personal médico tratante, abierta comunicación e información, suministro permanente de medicamentos, atención especializada, seguimiento y control adecuado  
Calidad y seguridad de         Antirretrovirales y Preservativos
Acceso a preservativos de calidad y en cantidades suficientes; y de medicamentos antirretrovirales seguros
Atención Integral a Mujeres y Embarazadas
Atención oportuna y digna para las mujeres y embarazadas con o sin VIH, conforme a sus derechos sexuales y reproductivos
Promoción del Ejercicio de una Vida Plena
A cumplir el propio destino
Continuidad de los Proyectos de Vida
No provocar ni inducir la interrupciónde proyectos de vida privada y pública
A los vínculos sociales
Disfrutar de la Vida Familiar, Social y Sexual
Contribuir a fortalecer los vínculos afectivos y solidarios y abstenerse de interferir o coaccionar en libre ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos
A una vida tranquila, satisfactoria y productiva
Poseer un Nivel de Vida Adecuado
Apoyar en el logro de trabajo, educación, seguridad social y vivienda, aboliendo el requisito de pruebas de detección del VIH

@accionsolidaria