Comunicados sobre DDHH

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Exámen Periódico Universal Vzla

La información sobre el mecanismo de la ONU para monitorear compromisos de DDHH del Estado venezolano

Periodismo en derechos humanos

Lea los artículos sobre el trabajo de las organizaciones defensoras de DDHH en Venezuela

Informes sobre DDHH en Venezuela

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lunes, 9 de diciembre de 2013

Mujeres mas allá del 2015. Venezuela no cumplirá las Metas del Milenio

El Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres (O.V.D.H.M.) constituido por 45 ONGS  en toda Venezuela y coordinado por el Centro de Investigación Social, Formación y Estudios de la Mujer (CISFEM), realizó una consulta vivencial y online sobre la situación de los Objetivos del Milenio en el país
.Los Resultados:
·         La Mortalidad Materna es igual a la de 1990.
      La cantidad de mujeres en cargos de elección popular está por debajo del promedio de América Latina y el Caribe.
      Persisten diferencias salariales entre hombres y mujeres y son mayores entre los que estudian menos.
      Son más los hogares con jefes de hogar mujeres y siguen siendo los más pobres entre los pobres.
      Tenemos el mayor número de madres adolescentes de América Latina.
OBJETIVOS ANALIZADOS POR EL OVDHM
      Objetivo No. 3: Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de las mujeres.
      Objetivo No. 4: Reducir la mortalidad de los niños.
      Objetivo No. 5: Mejorar la Salud Materna.
      Objetivo No. 6: Combatir el VIH-Sida, la Malaria y otras enfermedades.                         
      Objetivo No. 1: Erradicar la Pobreza Extrema y el Hambre.

¿CÓMO LO VEMOS NOSOTRAS LAS MUJERES ORGANIZADAS EN EL OBSERVATORIO (O.V.D.H.M.)?
Objetivo No. 3: Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer.
 Resalta:
      La falta de un indicador o variable referida a la eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas.
·          La inseguridad es la principal preocupación de quienes vivimos en Venezuela
      Las cifras de homicidios no están desagregadas por sexo
      Cada día aumenta el número de mujeres muertas por violencia (feminicidios), según fuentes no oficiales procedentes de la Medicatura Forense de Caracas, en la Ciudad Capital han muerto 106 mujeres hasta mediados de agosto de 2013.
      Duelo traumático o victimización secundaria de las mujeres y niñas, debido a los altos niveles de inseguridad
      Contexto de impunidad (92% de los crímenes quedan sin ninguna sanción legal) El estándar internacional indica que un país que supere el 35% de impunidad está en emergencia, y en Venezuela el 92% de los delitos no se resuelve.
·         Ejercicio continuo de la Violencia simbólica dirigida a través del discurso político desde las más altas posiciones del poder, cargado de expresiones de violencia y agresión.
·         Aumento de la acción represiva del Estado para controlar la conflictividad social.
·         Ejecuciones y uso excesivo de la fuerza por parte de los cuerpos que se ocupan de la seguridad ciudadana
·         Venezuela se apartó del Sistema Interamericano de Derechos Humanos a partir del 10 de septiembre de 2013
      Dificultad en la aplicación de la LOSDMVLV  Falta un Reglamento con los procedimientos específicos.
      Ausencia de estadísticas que permitan conocer la situación de las mujeres y el respeto a sus derechos humanos
      Falta de sensibilización y capacitación sistemática a funcionarios de instituciones que reciben y procesan las denuncias de VCM, generando la re-victimización de la mujer o  su muerte a manos del agresor.
      Rotación de personal, provisionalidad y falta de autonomía para decidir de las y los jueces (Caso Afiuni)
      Obligatoriedad de las mujeres víctimas (y no de los agresores) a ser evaluadas psicológicamente para continuar con los procedimientos legales, barrera discriminatoria para el acceso a la justicia.

Trabajo remunerado:
·         Tendencia a la informalización del trabajo femenino, clasificada en las siguientes categorías y respectivas desventajas:

      Condición de la actividad (la inactividad oculta el desempeño como ama de casa)
      Categoría ocupacional (en la categoría ayudantes no remuneradas)                              
      El lugar en el que se desempeña el trabajo (la vivienda y puestos callejeros)

      Brecha salarial según sexo y años de estudio. Según  cifras de CEPAL ,la participación en el sistema educativo no disminuye la inequidad de género en el acceso al ingreso, aun que la brecha aumenta cuando se tiene menos escolaridad.
      Constantes amenazas a la libertad sindical

CONCLUSION
EL OBJETIVO DEBE EVOLUCIONAR HACIA UNO DE IGUALDAD DE GÉNERO BASADO EN LOS DERECHOS HUMANOS Y ORIENTADO AL EMPODERAMIENTO DE LA MUJER.
DEBE INCLUIR EXPLÍCITAMENTE EL DERECHO DE LAS MUJERES Y LAS NIÑAS  A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
Resaltamos este Objetivo,  en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres  el 25 de noviembre del 2013 y del Día Internacional de los Derechos Humanos el 10 de diciembre de 2013, coincidiendo con el planteamiento de ONUMUJERES, organismo de NNUU al cual le fue entregado este informe en su sede de New York.

lunes, 18 de noviembre de 2013

Participación popular inhabilitada

Centro de Derechos Humanos UCAB/Espacio Público
@CDH_UCAB
@espaciopublico 
Desde el año 1999, la Asamblea Nacional aprobó 4 habilitantes que comprendieron 56 meses y con ella se promulgaron 215 decretos leyes. Para más de un tercio del tiempo transcurrido, se produjo la renuncia de la propia función legislativa por parte de los diputados que tienen esa tarea asignada por la Constitución.
En cada ocasión el Foro por la Vida, coalición venezolana de organizaciones de derechos humanos, manifestó su rechazo a estas iniciativas por razones asociadas a las garantías constitucionales, las obligaciones derivadas de los instrumentos internacionales y porque eliminan la posibilidad de una deliberación plural de cada una de las leyes que se elaboran por este mecanismo excepcional.
Cada ley habilitante implica el desconocimiento de la participación de la sociedad y la publicidad de los actos legislativos. Los procesos de elaboración de las leyes se sustituyen por mecanismos sectarios y secretos, que solo muestran las normas cuando se aprueban o publican en la Gaceta Oficial.
La participación de la sociedad mediante los mecanismos institucionalizados de participación política ofrece mayores garantías para estar debidamente informado de las leyes en discusión. Este es el primer requisito para poder opinar e influir en los procesos de toma de decisiones ejerciendo algunos de los mecanismos para emitir opinión sobre los proyectos legales en consideración.
Los argumentos que se utilizan para su aprobación constituyen pretextos para una práctica legislativa que se extralimita e incluye ámbitos que no guardan relación alguna con los considerandos iniciales. Ello demuestra que los pretendidos fines son meras coartadas para operaciones políticas que no son cónsonas con las razones que justifican la necesidad de una habilitación legislativa. En esta oportunidad uno de los pretextos es enfrentar la corrupción, hecho contradictorio con la omisión legislativa de nombrar al titular de la Contraloría.
En muchas oportunidades las normas dictadas establecen restricciones al disfrute y realización de derechos humanos o elaboraciones que tipifican nuevos delitos. Ello expresamente tiene la mayor protección constitucional y de los instrumentos internacionales de derechos humanos. La solicitud es deliberadamente genérica en las facultades legislativas que pretende y ello permite una mayor arbitrariedad y su correlato de incertidumbre para la sociedad en su conjunto.
Esta ley habilitante incluye expresamente la posibilidad de elaborar normas penales y por tanto privar de libertad a los afectados. Normas penales que no pueden elaborarse mediante un decreto, sino que deben ser producto de una ley dictada por la Asamblea Nacional. Por tanto sometida a todos los procesos de discusión, lo que ofrecería mayores garantías para un debate plural, la acción de mecanismos de control de la institucionalidad y posibilitan la participación de la sociedad.
Los decretos leyes tienen una ilegitimidad democrática de base, en la medida que desconocen la participación política de los diversos actores sociales. La peor ley elaborada por el parlamento cuenta con mayor legitimidad que el decreto perfecto hecho unipersonalmente. Este principio es ley para toda democracia que valore genuinamente la participación popular.

lunes, 4 de noviembre de 2013

Libertad de expresión en la CIDH

Espacio Público
@espaciopublico


Entre enero y septiembre de 2013 la situación de la libertad de expresión en Venezuela mantiene los problemas estructurales: los casos de violaciones a este derecho superan en un 56% a los registrados durante el mismo período de 2012. Los ataques a periodistas y medios, censura, intimidación, hostigamiento judicial y verbal, amenazas, restricciones administrativas, opacidad en el acceso a la información pública, y el abuso de poder en la campaña electoral son hechos cotidianos.
Varias organizaciones venezolanas presentaron ante la CIDH esta situación, enfatizando en casos en los elementos sustantivos que afectan la posibilidad del debate amplio en la sociedad, incluyendo las afectaciones a la libertad de expresión en el contexto de los debates electorales y expresión al interior del parlamento.
Preocupa la creciente censura de las opiniones distintas al gobierno, convirtiéndose en la violación más frecuente de la libertad de expresión en el país: suma 71 casos en nueve meses, lo que representa un incremento de 87% respecto al mismo período en 2012 (38 casos). Desde enero a septiembre se han cerrado programas de televisión y radio críticos al gobierno, además del bloqueo de páginas web desde Cantv y la interrupción nacional de acceso Internet del 14 de abril, día electoral.
El Estado también ha aplicado medidas legales para restringir el trabajo de periodistas y medios privados independientes a través de acciones judiciales y órdenes ejecutivas. Resalta el caso del diario 2001, investigado por la publicación de información sobre escasez de gasolina en su portada del 10 de octubre, días después de que Maduro solicitara públicamente a la Fiscal General que evaluara medidas especiales para “castigar” a quienes hablaran del tema.
La escasez de papel prensa sigue amenazando la circulación de diarios de todo el país, regionalmente han cerrado al menos tres periódicos, e incluso El Nacional han tenido que eliminar un suplemento para reservar materia prima. Sin embargo, el Minci refleja como uno de sus logros en 2012 la creación de una imprenta para el Sistema Nacional de Medios Públicos, que produce “120 mil ejemplares para el diario Ciudad Caracas, y 51 mil para el Correo del Orinoco”, y la publicación de “7.752.905 ejemplares de libros, folletos y otros materiales informativos de corte “revolucionario”.
Mientras se silencian voces diversas, el Estado aumenta su poder comunicacional para construir un monopolio mediático y difundir su punto de vista; en 2004 sólo contaba la señal de Venezolana de Televisión (VTV),  actualmente maneja siete canales,  cuatro circuitos radiales con transmisión nacional; tres diarios financiados por los fondos públicos; y 280 medios comunitarios, de los cuales 148 han sido “fortalecidos” según las intenciones comunicacionales gubernamentales.
El discurso oficialista es replicado en los medios públicos pero los ciudadanos no pueden acceder a la información oficial que, por ley, es pública. Durante septiembre y octubre de 2013 se entregaron 84 peticiones de información pública a instituciones gubernamentales que incluyeron Gobernaciones, Alcaldías, Ministerios, Empresas o Instituciones Públicas y Altos Poderes Públicos. El resultado: en  97% de los casos no se obtuvo la información requerida.

lunes, 28 de octubre de 2013

La libre asociación es esencial para la defensa de los derechos humanos

Acción Solidaria (AcSol)
@accionsolidaria
Actualmente las organizaciones que trabajan en torno al VIH se extienden por todos los rincones del mundo y han catalizado un profundo cambio en la forma en que abordamos la salud, los derechos humanos y el desarrollo”. Son palabras deMichel Sidibé, Director Ejecutivo del ONUSIDA, escritas en diciembre del año 2011, en el prólogo a las Directrices que rigen el trabajo de esta organización de las Naciones Unidas con las organizaciones de la sociedad civil en VIH, como asociadas esenciales para alcanzar las metas mundiales de cero epidemia, erradicar la discriminación y consolidar la universalidad de los derechos y libertades fundamentales de todas las personas con VIH. 
El movimiento de la sociedad civil en VIH ha sido uno de los ejemplos de fuerza social e incidencia pública más trascendente y perseverante en el mundo. Muchos de los más destacados avances en materia de VIH no hubieran podido lograrse sin el liderazgo y la activa participación de organizaciones civiles libremente constituidas por activistas, personas afectadas, parejas y otros familiares, que de manera sistemática afrontaron los estigmas sociales, la negación de la ciencia médica, las prácticas coercitivas de la salud pública y la indiferencia, así como las políticas de criminalización utilizadas por los Estados ante la epidemia. La movilización e incidencia de las organizaciones de VIH logró a nivel mundial:
 a)            disminuir significativamente las muertes por Sida, ejerciendo acciones públicas y vías legales para que los Estados aceptasen obligaciones con el acceso a las pruebas diagnósticas, los avances científicos y el suministro de medicamentos antirretrovirales;
 b)            reducir las enfermedades asociadas al VIH, impulsando iniciativas ante los Ministerios de Salud para incorporar las pruebas de seguimiento y los servicios especializados en VIH a los sistemas sanitarios;
  c)            descender de manera sostenida las nuevas transmisiones, haciendo notables esfuerzos de alianzas con productores, medios de comunicación y organismos internacionales para ofrecer información y facilitar el acceso a métodos seguros de prevención a la población entre 15 y 49 años de edad; y
 d)            promover el reconocimiento de libertades y derechos de las personas con VIH, asumiendo la defensa de sus derechos ante los órganos competentes y creando ambientes protectores de la discriminación.
En Venezuela, la historia es la misma. Para 1998, solo 2.5% de las 8.000 personas con VIH registradas oficialmente recibía tratamiento antirretroviral, y fallecía el 52%.  Sin embargo, la tenacidad de las organizaciones hizo que llegaran los primeros medicamentos al país: entre 1999 y 2001, gestionaron 20 amparos judiciales que ordenaron al Estado venezolano garantizar tratamiento y atención a la salud de todas las personas. Más tarde, se organizaron en redes para exigir su cumplimiento; a ello se debe que hoy más de 40.000 personas con VIH tengan acceso a tratamiento.
De igual modo, hace 11 años había apenas 18 servicios de salud especializados en VIH en todo el país. Gracias a la labor de las organizaciones en la asistencia a las personas afectadas en los centros de salud, la apertura de laboratorios y de servicios de asesoría y atención, en la actualidad hay 61 servicios de VIH abiertos y 90 organizaciones activas que complementan esta atención a través de programasdirigidos hacia poblaciones vulnerables (niños, jóvenes, mujeres y personas LGBTI).
La libertad de asociación es un derecho indispensable para la defensa de los derechos humanos. Las adversidades extremas a las que están sometidas las víctimas de violaciones de derechos, como es el caso de las personas con VIH —afectadas permanentemente por prácticas discriminatorias y denigrantes—, han tenido solución a través de las asociaciones. En ellas han conseguido apoyo, solidaridad, protección, información y mecanismos para enfrentar entornos hostiles y restrictivos. Desconocer la labor de las asociaciones que trabajan en VIH y no dialogar con ellas, someterlas a la difamación y a la sospecha por su carácter autónomo y crítico a las políticas de Estado, excluirlas de la participación en las decisiones públicas relativas al VIH, negarles el acceso a la información y a la asistencia legal de las víctimas, son conductas violatorias de las obligaciones de los Estados con los derechos humanos.  Como consecuencia,  lejos de garantizar el respeto de la dignidad de las personas con VIH y las poblaciones vulnerables, dichas conductas las exponen al estigma y a la discriminación y las alejan de los programas de prevención, apoyo y atención. 


lunes, 21 de octubre de 2013

Luces y Sombras de los Derechos Humanos en Venezuela

Centro para la Paz y los DDHH-UCV

60 años de Retroceso con la Denuncia de Venezuela de la Convención Americana de Derechos Humanos.
La larga historia de los derechos humanos en los escenarios nacionales e internacionales ha revelado la nueva conciencia adquirida de individuos y comunidades sobre su valor y dignidad. 
Como afirma el maestro de la escuela praxeológica Napolitana, Gino Capozzi, los derechos humanos son la medida de la emancipación de individuos y pueblos,  en la memoria de la civilización, los cuales surgen como poderes inalienables de la persona y de los pueblos. 
Desde el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela, y conscientes de la suprema misión universitaria de  búsqueda de la verdad y de la promoción de los valores humanos y superiores de nuestro ordenamiento jurídico, frente a la grave problemática social, política y económica que vive el país, queremos formular algunas consideraciones jurídicas a propósito de la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos (en adelante CADH). 
Es razonable preguntarnos acerca de los motivos que llevaron a la denuncia de la CADH por parte del Ejecutivo Nacional el 06 de septiembre de 2012 mediante nota diplomática No. 00025, y materializada el 10 de septiembre de 2012 y sus graves consecuencias para la tutela de los derechos de las personas, bajo la jurisdicción del Estado Venezolano.  
Fueron básicamente argumentos de naturaleza política, entre ellos, la preservación de la soberanía nacional, la ineficacia y perversión de los órganos del Sistema interamericano de derechos y la parcialización y politización de casos contra el Estado venezolano.
“Los principios vinculados a los derechos humanos deben ser preservados al margen de estas instituciones viciadas que, con su práctica han deslegitimado y desnaturalizado su rol como garante de los compromisos contraídos por los Estados en el Pacto de San José” .
Si pensamos las motivaciones que llevaron a los países latinoamericanos, incluida Venezuela  (mediante Ley Aprobatoria de la CADH, según Gaceta Oficial No. 31.256 de fecha 14-6-77), a dotarse de un sistema de tutela interamericano debemos indicar entre otras la necesidad de fortalecer los sistemas democráticos y proteger los intereses de los mismos en la comunidad internacional, para adecuarnos a los desarrollos del derecho de los derechos humanos en el plano internacional, a fin de brindarles a las víctimas de los derechos una tutela complementaria frente a la ineficacia de la tutela nacional.  
 Por otra parte, ya se había reconocido el derecho internacional de los derechos humanos como principio guía del derecho interamericano, por la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos,  por lo cual Venezuela no quería quedar al margen de estos desarrollos ni del resto de los Estados latinoamericanos.
Ahora bien, el acto de la denuncia del Tratado Internacional en análisis,  como acto del Ejecutivo Nacional, de conformidad con nuestra Carta Magna, cercena flagrantemente los principios constitucionales de preeminencia de los  derechos humanos (art. 2), de jerarquía y supremacía constitucional (art. 7) de progresividad de los derechos humanos (art. 19)  del rango constitucional de los tratados internacionales de los derechos humanos (art. 23 CN), del derecho de petición o Amparo Internacional (art. 31).
Por otra parte, se deja en estado de indefensión a las víctimas de las violaciones a los derechos humanos (art. 23), incluidos venezolanos y extranjeros que se encuentren en la jurisdicción del Estado venezolano, al no poder recurrirse a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, no obstante sigamos bajo la tutela de la Comisión Interamericana, por ser éste órgano principal de la OEA y estar bajo el mandato de la carta constitutiva de la misma. En este sentido, dicho instrumento impone obligaciones al Estado venezolano así como la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948. 
En el plano internacional, esta denuncia constituye aislar a Venezuela del sistema de tutela interamericano, por cuanto  es contraria a la tendencia internacional de la Universalización del sistema que, por ejemplo, se clamó recientemente en Bolivia, es decir, de una mayor ratificación de los Estados de instrumentos convencionales de derechos para una mayor protección de las personas.  Sólo Trinidad y Tobago  en 1999 denunció la Convención Americana para introducir la pena de muerte en dicho país. 
En el orden interno, la denuncia constituye una mutilación constitucional de nuestro Texto Fundamental, siendo una forma sistemática de  golpe a nuestra frágil democracia, a nuestra tradición Republicana y a los valores y principios constitucionales, siendo a todas luces dicho acto gubernamental írrito y violatorio de la normativa internacional de los derechos humanos cuyo principio informante es el Pro-homine. 
Por lo antes expuesto y por cuanto nuestros derechos humanos son universales, irrenunciables, inalienables e indivisibles, no podemos renunciar a los derechos previstos en la Convención y por lo tanto, todos como sociedad civil tenemos el deber de dirigir nuestra voz unísona y exigir inmediatamente al Estado Venezolano la reconsideración de dicha denuncia. Asimismo, está pendiente la decisión del recurso de nulidad por inconstitucionalidad de dicho acto por ante la Sala Constitucional de nuestro Tribunal Supremo.  

Cátedra libre Monseñor Romero, invita al bautizo del Libro “Mariología popular latinoamericana” de la autora María del Pilar Silveira, el 24 de Octubre de 2013 a las 4:30pm. Salón Monseñor Romero, Parroquia Universitaria, UCV. Presentación a cargo de Mons. Ovidio Pérez Morales

jueves, 17 de octubre de 2013

Garantizar DDHH de la población procesada y penada.

La Comisión de Justicia y Paz de la Conferencia Episcopal Venezolana, la Oficina de Derechos Humanos de la Diócesis de Los Teques y la Vicaría de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas:

Con motivo de la fiesta de nuestra Señora de las Mercedes, queremos enviar nuestro saludo afectuoso y nuestra bendición a los hermanos y hermanas que están en prisión. Igualmente a todas las familias que en nuestro país tienen familiares privados de libertad.

Preocupados ante la realidad carcelaria que se vive en el país, queremos expresarle al pueblo venezolano y a las instituciones responsables de garantizar la vida y los derechos de los privados y privadas de libertad, nuestra preocupación por la situación que acontece en los recintos penitenciarios del país.

Situación dantesca que nos interpela

1. Expresamos nuestro profundo dolor, pesar y consternación por los acontecimientos de violencia que día a día se viven en los recintos penitenciarios del país, acontecimientos que derivan en el trágico desenlace de numerosos muertos y heridos que enlutan a muchas familias y a toda nuestra sociedad.

2. La violencia es el resultado de una serie de situaciones: la insuficiencia de la infraestructura carcelaria, la corrupción, el hacinamiento que conlleva violación a los derechos humanos, los enfrentamientos con los cuerpos de seguridad, la existencia de mafias que hacen de las sedes del sistema penitenciario auténticos negocios de armas, drogas, secuestros y otros lucros delictivos, las pugnas de poder y el retardo procesal.

3. Toda esta situación se evidencia a través de los siguientes indicadores: Según las estadísticas del Ministerio del Poder Popular para los Asuntos Penitenciarios (MPPAP), el 60% de la población reclusa de Venezuela lleva más de dos años en prisión sin recibir sentencia. Según la Ministra para asuntos penitenciarios de 49 centros penitenciarios, 35 son gobernados por pranes. Según el Observatorio Venezolano de prisiones, las cárceles tienen capacidad para 16.539 privados de libertad, pero tienen una población de 52.933 presos y destacan que en el 2012 murieron casi 600 presos.

4. Sabemos de los esfuerzos que el nuevo ministerio para los asuntos penitenciarios viene realizando para impulsar algunas áreas como el área deportiva y algunas otras acciones, pero ante la gravedad sistemática de la situación carcelaria en el país, no son suficiente.

El Estado venezolano debe dar respuestas de fondo que lleven a una verdadera transformación de los recintos penitenciarios, donde se promuevan la humanización y la justicia.

Ante esta problemática exhortamos:

- La intervención urgente del Estado Venezolano para mejorar las estructuras carcelarias y superar las condiciones inhumanas en las que viven los privados y privadas de libertad.

- A una revisión del sistema penitenciario, con participación de Organismos de Derechos Humanos, de modo que éste sirva para que la persona encuentre el verdadero sentido de su vida y la pena se convierta en una oportunidad de conversión y desarrollo personal y resiliencia.

- A multiplicar gestos humanitarios para con esta población recluida.

- Que las autoridades venezolanas investiguen diligente y efectivamente los hechos de violencia ocurridos en los centros penitenciarios.

- La implementación de un diálogo constructivo y armónico entre la sociedad y las autoridades.

- Incorporar medidas de prevención para reducir la violencia, es necesario reducir el hacinamiento y la sobrepoblación; evitar de manera efectiva el ingreso de armas, drogas, alcohol y otras sustancias ilícitas a los centros penales, establecer una clasificación y separación adecuada de los reclusos; asegurar la capacitación y formación continua y apropiada del personal y erradicar la impunidad.

- Que el Estado tome acciones contundentes para erradicar estos males, construyendo una Justicia restaurativa.


Invitamos a todos los fieles católicos ser testimonio de caridad operativa y a orar intensamente a Dios Nuestro Señor por la solución de la crisis carcelaria. Imploramos la protección de Nuestra Señora de Las Mercedes, por todos los privados y privadas de libertad del país. 

Inflación vs. Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Provea 
@_provea

Mientras la prensa internacional indica cifras récord de inflación en Venezuela durante el año 2013,  que pudieran llegar hasta un 50% el próximo diciembre,  el Banco Central de Venezuela afirmó que para agosto se ubicó en 3% el alza del índice nacional de precios al consumidor (INPC), llegando a un acumulado en 2013, de 32,9%. Con estas magnitudes inflacionarias, es difícil sostener el poder adquisitivo de la moneda, al tiempo que se produce una caída de la capacidad financiera de los salarios de los trabajadores y trabajadoras. Esta situación limita el acceso de la mayoría de la población asalariada y en especial, de quienes devengan mínimos salariales, al disfrute de los bienes y servicios básicos (agrupados en los rubros que integran la Canasta Alimentaria Normativa CAN).

De esta forma, se materializa un retroceso en la lucha contra la pobreza, una de las principales banderas del proceso gubernamental de Hugo Chávez, a quien sucede Nicolás Maduro desde las elecciones del 14 de abril de 2013. El Informe Especial elaborado por Provea sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela, "Inclusión en lo social, exclusión en lo político", da cuenta de una importante tendencia hacia la baja de la pobreza, producto de las políticas implementadas por el Estado hasta hace unos años. Desde 2006 en adelante se empiezan a separar las líneas que indican la capacidad adquisitiva del salario y las que muestran el alza de precios en la CAN, siendo éstas últimas las más elevadas, mientras los salarios descienden.

Si bien se mantiene la política de incrementar anualmente el salario mínimo mediante decretos dictados por el Ejecutivo, diferentes fuentes revelan retrocesos en la capacidad adquisitiva de estos salarios en el período 1999-2011 al compararlos respecto a su conversión en dólares. Provea evaluó el crecimiento de los salarios mínimos en el país, respecto a la tasa oficial de cambio. No obstante, en Venezuela resulta insuficiente un salario mínimo para adquirir los productos de la Canasta Alimentaria Normativa (CAN). 

Según declaraciones del presidente del Instituto de Estadística de Venezuela (INE), Elías Eljuri, el salario mínimo “apenas” alcanza para cubrir la canasta alimentaria, debido a la inflación que azota al país: la más alta de América Latina. Eljuri señaló: “Si tú tomas nada más el ingreso, digamos, lo que gana una persona de salario mínimo, que está en 2.700 bolívares (428 dólares al cambio oficial de 6,3 bolívares por dólar), eso indudablemente le alcanza apenas para la canasta alimentaria”. Para el mes de agosto de 2013, el INE registró un aumento en algunos de los rubros de la CAN, que van desde el 13,58% al  28,82%, así como disminuciones significativas en los precios de otros componentes, que oscilan entre un 3,44 y 16,06%. 

El incremento de los productos de la CAN es un indicador que se analiza mensualmente por organismos públicos y por diversas organizaciones sociales y de carácter privado, y cuyas cifras, a pesar de reportar el mes pasado un alza intermensual baja, evidencian que algunos productos tuvieron incrementos que inciden en la capacidad adquisitiva del salario. En cifras netas, el costo de la CAN durante el mes de agosto 2013 se ubicó en Bs. 2.779,21 ($ 441,00 según el cambio oficial). El primero de septiembre entró en vigencia el segundo tramo del aumento al salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional y por ello, esta remuneración alcanza actualmente los 2.702,73 bolívares ($ 429,00). Si se compara la variación neta de los precios y el alza acumulada, el ajuste salarial resulta insuficiente. El incremento al salario mínimo coincide con el inicio del período escolar en todos los niveles educativos del país, pero solo alcanza para adquirir media lista escolar. Estas cifras revelan la presencia de severos problemas para lograr el acceso a bienes y servicios indispensables para una vida digna, por parte de una extensa franja de la población laboral del país.

Si desea descargar el Informe “15 años sobre DDHH: Inclusión en lo social, exclusión en lo político” hágalo desde el enlace http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/InformeEspecial1.pdf

lunes, 30 de septiembre de 2013

Derecho a la Salud: centralismo, carencias en recursos y en diálogos


Provea
@_provea
Con la Constitución de 1999 se sentaron las bases legales para cambiar el proceso de privatización de la salud que vivía el país para, en su lugar, establecer un sistema basado en un enfoque de derechos humanos, garantizando la gratuidad de la atención y poniendo el acento en la prevención y promoción de la salud como complemento de la gestión de la medicina curativa. Para ello, la misma Constitución estableció un periodo no mayor de dos años para que la Asamblea Nacional aprobara una Ley de Salud, incorporando los principios constitucionales e internacionales para la protección del derecho a la salud.  Trece años más tarde, luego de vencido el plazo constitucional, la Asamblea Nacional no ha cumplido con su obligación.

La ausencia de esta ley se suma a múltiples factores que mantienen al sistema de salud venezolano en una crisis permanente.  Los enormes esfuerzos del Estado para fortalecer la infraestructura del sector salud y el desarrollo de un incipiente proceso de participación ciudadana acompañado de varias misiones sociales, fueron entorpecidos por una gestión centralista de las políticas públicas de salud. Estas políticas generaron y siguen generando resistencias de los trabajadores del sector salud quienes han visto cómo sus condiciones laborales se deterioran gracias a la congelación de las contrataciones colectivas y a los aumentos irrisorios de sus salarios mediante decretos del Ejecutivo.

Tradicionalmente, en el gasto total de salud ha sido mayor la participación del gasto privado con respecto al gasto público. Según datos de la OMS en 1997 el gasto público era el 35,9% y el privado era 64,1%. Entre 1997 y 2007 el gasto fluctuó a la alza tocando su tope máximo en 2007 con el 46,5%, pero en 2010 volvió a niveles similares a los de 1997, con tan solo 34,9%. El gasto privado sigue siendo el más representativo. No deja de resultar paradójico que el Estado, que es el mayor empleador del país, ofrezca dentro de los beneficios a los empleados públicos, pólizas de salud para ser atendidos en clínicas y centros de salud privados (HCM: hospitalización, cirugía y maternidad). Los recursos públicos van de esa manera al sector privado mientras la infraestructura del sector público se deteriora junto con las condiciones laborales de sus trabajadores.

Las políticas públicas de salud han tenido resultados positivos en el aumento de las esperanzas de vida al nacer, pero no han revertido la cantidad de muertes maternas anuales ni la mortalidad infantil. El número de médicos por cada 10.000 habitantes era de 24,2 en 1997 y pasó a ser de 13 en 2007. La misma tendencia regresiva se presenta en el número de camas hospitalarias por cada 10.000 habitantes que era de 15 en 1996 y pasó a 10,83 en 2010. Es particularmente sensible la situación de las más de 40.000 personas con VIH quienes requieren el Tratamiento Antirretroviral de Alta Eficacia (TAR). Durante los últimos cuatro años han fallado los inventarios y los procesos de compra, distribución y entrega de los TAR a cargo del Ministerio del Poder Popular para la Salud. Inclusive han llegado a faltar los reactivos para el diagnóstico, control y seguimiento al VIH.

Para Provea, es indispensable que se aumente el porcentaje del PIB destinado al sector salud y que se garantice un presupuesto adecuado para fortalecer el sistema público de salud. Se deben mejorar las condiciones laborales y de profesionalización de los trabajadores y las trabajadoras de la salud a través de la discusión de las contrataciones colectivas vencidas y el cumplimiento de las que ya están vigentes.

Urge además impulsar un plan de expansión, recuperación y mantenimiento de la infraestructura hospitalaria nacional. En particular es importante ampliar la cobertura y prestación de servicios de la Misión Barrio Adentro y del sistema hospitalario nacional, para fortalecer el enfoque integral de atención pública en salud.

Para responder a la conflictividad social y laboral que existe en el sector salud, es indispensable convocar a un amplio diálogo nacional con todos sus actores para concertar un proceso de integración democrática y descentralizada del Sistema Público Nacional de Salud.

lunes, 23 de septiembre de 2013

¿Hacia una sociedad tutelada?

Centro de Derechos Humanos – UCAB
@CDH_UCAB


En la semana que finaliza se realizó en la UCAB la XIII edición del ya tradicional Curso sobre sistemas internacionales de protección de derechos humanos. Este año la actividad estuvo dedicada al derecho a la asociación, examinándose también la relación de éste con otros derechos indispensables para el desarrollo de la sociedad civil como son el derecho a la participación, la libertad de expresión, la reunión y la manifestación.

En la actividad, que congregó a unos 50 participantes del centro y occidente del país, se constató que la forma amplia en que el derecho a la participación se encuentra reflejado en la Constitución contrasta con un desarrollo legislativo que progresivamente ha venido restringiendo, condicionando y hasta criminalizando este derecho.

Entre el año 2000 hasta 2007, los desarrollos legislativos posteriores a la aprobación de la Constitución de 1999, se caracterizaron por la incorporación de mecanismos específicos de participación de determinados sectores vulnerables. Sin embargo, a partir de la primera normativa sobre los Consejos Comunales en 2006, comienzan a asomarse condicionamientos de la participación a un solo modelo de asociación.

En 2007, pese al rechazo a la propuesta de reforma de la Constitución, se produce un punto de inflexión en el andamiaje normativo general, con efectos directos sobre el derecho a la participación, lo cual se expresa en un incremento de la tendencia tutelar del Estado mediante leyes aprobadas vía habilitante, así como de la reorganización del aparato estatal en el marco del Primer Plan Socialista y en contra de la Constitución que permanece teóricamente vigente.

A partir de 2010 y hasta el presente, se da un aceleramiento del proceso de estatización de la sociedad, mediante la imposición inconstitucional de un nuevo modelo geoestratégico que se basa en el llamado “Estado comunal”.

El paquete de leyes aprobadas en 2010, así como algunas de las promulgadas por el Presidente en razón de la tercera ley habilitante otorgada en ese mismo momento, se reconoce un solo tipo de organización válida para el ejercicio del derecho a la participación política, se impone una figura paralela a las tradicionales y además se restringe y penaliza otras formas de ejercicio de este derecho. Todas las leyes del Estado comunal invocan constantemente su apego a la Constitución y a los principios de democracia participativa y protagónica, cuando su promulgación solo resultaría ajustada al marco constitucional si se hubiese aprobado la consulta sobre la reforma de la Carta Magna en 2007.

A lo anterior se suman prácticas que imponen por la vía de hecho reformas normativas que no se encuentran vigentes. Tal es el caso del reciente conflicto universitario, en el cual se pretendió establecer mesas de trabajo solo con agrupaciones reconocidas bajo la figura de sindicatos, dejando por fuera a las instancias asociativas tradicionales del sector, siguiendo así el espíritu de la vetada Ley de Educación Universitaria, que ya no hablaba de “profesores” sino que establecía la figura de “trabajador académico”. Una situación similar se presentó posteriormente en el ámbito de la salud, donde los órganos profesionales de médicos y odontólogos fueron excluidos de las negociaciones laborales, so pretexto de no ser sindicatos.

Aunque la organización, mediante la constitución de asociaciones, es un mecanismo válido para el ejercicio del derecho a la participación política, no puede convertirse en un requisito, ni someterse a un modelo único y condicionante de la relación Estado – sociedad.

Curiosamente, pese a que este XIII Curso se realizó a pocos días de la entrada en vigencia de la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos, el número de postulaciones creció de manera considerable con respecto a años anteriores, lo que evidencia la existencia de una importante reserva de personas agrupadas en una diversidad de asociaciones, dispuestas a formarse para el ejercicio de sus derechos y la documentación de eventuales violaciones ante los órganos internacionales de protección cuya vigencia no desaparece por el fin de una Convención.

Inscripciones XIII Curso Sistemas Internacionales de Protección de #DDHH Derecho a la Asociación en las ciudades de Margarita y Guayana http://www.ucab.edu.ve/inicio.192.html


lunes, 9 de septiembre de 2013

Universidad: entre la incertidumbre y la esperanza.

Centro para la paz y los derechos humanos de la Universidad Central de Venezuela

La Universidad Central de Venezuela, Máxima Casa de Estudios del país, símbolo por antonomasia de la universidad autónoma venezolana (cfr. Art 109 CRBV) cuenta en su haber con una historia de tres siglos. Ella ha sido capaz, por los hombres y mujeres que la conforman, de remontar los embates de la historia, reinventándose y abriéndose al futuro cargado de la luz de los distintos saberes que la conforman. La sabiduría acumulada a lo largo de todos estos años, su capacidad de resistencia, la pluralidad y libertad que la han caracterizado, nos dan motivos para seguir apostando y creyendo en sus fundamentos democráticos, de diálogo y búsqueda consensuada de soluciones a problemas que se ciernen  como un horizonte cerrado y pretendiendo con ello la negación misma de lo que es la Academia: debate, diversidad, argumentos, pluralidad, libertad de cátedra, autonomía como condición de posibilidad que garantiza su independencia del poder político-partidista y su pretensión de ponerla a su servicio y no al servicio del país, como ha sido, es y tiene que seguir siendo.
Hoy la Universidad atraviesa unas aguas muy encrespadas en medio del desconcierto nacional, tanto que pareciera que a veces la barca se fuese a hundir. En la actual gestión rectoral, que por cierto la han obligado a permanecer en  su ejercicio más allá del tiempo establecido por la ley, violando así las disposiciones legales, no han bastado los sesenta y dos (62) ataques armados tanto al Patrimonio Mundial que es la UCV como a sus estudiantes, profesores y autoridades rectorales y decanales, obreros y empleados. Entiéndase ataques armados por: motorizados encapuchados con armas largas, bombas lacrimógenas, incendiarias, sin respetar siquiera el Alma Mater que es el Aula Magna llena de gente y disolver eventos a punta de hechos violentos, o destruir parcialmente el mural de Oswaldo Vigas (1953) ubicado en plaza cubierta a la entrada del rectorado, poner en riesgo la estructura del edificio rectoral destrozando parte de las vigas estructurales, o quemar sedes de centros de estudiantes o incluso decanatos… sin contar los heridos, humillaciones y vejaciones, temor y terror a la que es sometida constantemente la comunidad universitaria, sin que haya habido en todos estos hechos ni un solo responsable, pese a las “investigaciones” del CICPC, ni siquiera algún pronunciamiento de la Fiscalía o de la Defensoría del Pueblo, y cuando lo ha habido es para inculpar a la misma Universidad por falta de gobernabilidad. Estamos en un país al revés, a los que cometen tales atropellos, violencia y desolación, se les llama “héroes” y hasta se les levanta la mano como gesto de aprobación de que ese es el camino para la “transformación universitaria”; y a quienes se apegan a las leyes, defendiendo su legítimo derecho a un ejercicio autónomo de la educación universitaria, de calidad, en un sano clima de convivencia, dirimiendo los conflictos de modo académico, se les llama irrespetuosamente con cualquier clase de adjetivo, descalificando así el profesionalismo de quienes sostienen dignamente la Universidad.

Es cierto que el conflicto universitario actual ha adquirido unas dimensiones que van más allá de la UCV. Estamos hablando de toda la Universidad a nivel nacional, con sus legítimos representantes agremiados en FAPUV, APUCV, AVERU, librando una batalla asimétrica en la cual quien pierde es el país. Poco antes del período de “vacaciones” de agosto, se instalaron unas mesas de trabajo para procurar llegar a acuerdos y soluciones a las demandas que por derecho le corresponden a los universitarios. Pareciera que por fin se van dando pasos por parte del gobierno en la dirección correcta que es la del diálogo respetuoso, de reconocimiento de la normativa que rige a las universidades y atendiendo a los justos reclamos puestos en las mesas de trabajo. Animamos al MPPEU a que continúe en esa dirección. No obstante esto, no se puede bajar la guardia hasta que se logre lo previsto en el pliego conflictivo que consta de diez (10) puntos. El conflicto continua. Tal vez llegue septiembre y continuemos en ello. Estaremos monitoreando los acuerdos y avances que se logren. Desde el Centro para la paz y los DDHH de la UCV, abogamos porque septiembre comience con buen pie. Es el anhelo de todos los venezolanos. 

domingo, 1 de septiembre de 2013

Mujeres más allá del 2015. Venezuela no cumplirá las Metas del Milenio.

Observatorio Venezolano de los derechos humanos de la mujeres

EL Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres (OVDHM) formado por 45 organizaciones no gubernamentales, prepara un Informe de la situación de las Metas del Milenio referidas a las mujeres y las niñas. En septiembre del 2015 se cumple el plazo aprobado en la Declaración del Milenio firmada por  los  189 Jefes de Estado que asistieron a la Cumbre del Milenio en septiembre 2000.La Plataforma de Redes de Organizaciones de la Sociedad Civil constituida en mayo de 2013, de la que formamos parte, realizó una consulta acerca de la situación de Venezuela y los Objetivos del Milenio: de Hoy a más allá del 2015, enmarcada en la Campaña Global Más Allá del 2015. El 3 de julio  se realizó la primera Consulta presencial del Observatorio, acompañada por una consulta on line.Los avances o retrocesos en Venezuela no son fáciles de determinar ya que hay escasez, inexactitud o sub-registro de datos oficiales
A raíz de la presentación del Primer Informe Sombra al  Comité de Seguimiento de la aplicación de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), alternativo a los Informes 4º, 5º y 6º presentados por el Gobierno de Venezuela, transformamos nuestro Foro Permanente por la Equidad de Género, en Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres con un enfoque más integral y completo (julio, 2006). Por ello apoyamos  que los principios y normas de Derechos Humanos se incorporen en los ajustes  de los Objetivos de Desarrollo del Milenio más allá del 2015.

¿CÓMO LO VEMOS NOSOTRAS LAS MUJERES ORGANIZADAS EN EL O.V.D.H.M.?


Objetivo No. 3: Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer, lo más resaltante es la falta de un indicador referido a la erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas.
Aun cuando se han promulgado leyes e instituciones, en la práctica, siguen sin estar resueltos los problemas de violencia contra las mujeres. El CNE derogó la cuota de 30% de representación obligatoria en cargos electivos y aun no existe ninguna referencia o regulación referida a la paridad. El resultado: 17% de mujeres en la Asamblea Nacional. La tendencia a la informalización del trabajo femenino es una tendencia estructural  y existe una Brecha salarial según sexo y años de estudio que aumenta cuando se tiene menos escolaridad. El objetivo debe evolucionar hacia uno de Igualdad de Género basada en los Derechos Humanos y el empoderamiento de la mujer, con una referencia explícita a la violencia contra las mujeres y las niñas.

Objetivo 5: mejorar la salud materna
 Se observa un comportamiento con tendencia a mantener la tasa por encima de 55m/cien mil nvr, lo que dista de la meta propuesta, siendo 5 veces mayor a la Meta del Milenio a alcanzar en 2015, de 45m/cien mil nvr.
Embarazo Adolescente: El aporte de las adolescentes (10 a 19 años) a la Mortalidad Materna se estima en 14%, una cifra preocupante en un país con más de seis millones de adolescentes y un 31,6% en situación de pobreza.

Objetivo 1. Reducción de la Pobreza
Aun cuando el Gobierno ha dicho que se ha reducido la pobreza , no se han atacado sus causas estructurales por lo que sus resultados no son sustentables El problema de la pobreza femenina y la desigualdad de género está asociado a problemas como las transformaciones al interior de las familias con jefes de hogar solteros (a), divorciados(a) o separados (a); la paternidad irresponsable;  las brechas salariales entre hombres y mujeres; la doble o triple jornada; la distribución  de las tareas del hogar, y cuido de los niños y niñas, los ancianos y los enfermos en el seno de las familias y; el embarazo adolescente, entre otros

CONCLUSIÓN GENERAL:
Un Desarrollo Sustentable es el marco  necesario de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Estas metas humanas deben trabajarse dentro de una perspectiva de Derechos Humanos. Todas se refieren a la mujer, niña, adolescente, adulta o anciana ya que constituimos la mitad de la humanidad; de ahí que debamos incluir la transversalización de género en todos los Objetivos de Desarrollo del Milenio más allá del 2015


lunes, 26 de agosto de 2013

El Respeto y la Igualdad de Derechos son para Todas las Personas

Acción Solidaria
@AccionSolidaria 
“Libres e iguales”, es la campaña mundial que el pasado mes de julio lanzó las Naciones Unidas por la igualdad de derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI), con la meta de poner fin a los discursos, actitudes y prácticas de odio, intolerancia, violencia y discriminación a las que son sometidas. En 2008, Venezuela firmó junto con 65 países una declaración ante la Asamblea General de la ONU, en la que reafirmaron el principio de no discriminación, que exige que los derechos humanos se apliquen por igual a todos los seres humanos, y condenaron las violaciones de derechos y libertades basadas en la orientación sexual y la identidad de género, por actos de estigmatización, prejuicio, acoso, discriminación y violencia. En América Latina, Uruguay, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Perú han promulgado leyes y desarrollado políticas dirigidas a garantizar a las personas sexo-diversas el ejercicio de derechos. Venezuela todavía no ha hecho ningún tipo de avance.   
La libertad y la igualdad en el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos, son para todas las personas, sin distinción alguna. De eso se trata cuando los Estados adoptan legislaciones y medidas para garantizar que las personas LGBTI sean respetadas y protegidas en su dignidad y ejerzan los mismos derechos que todas las personas. Ningún particular, mucho menos agentes o funcionarios del Estado, que son responsables de la protección de todos los ciudadanos bajo su jurisdicción, pueden negar, restringir o menoscabar la dignidad y los derechos humanos de ninguna persona. ¿De qué derechos humanos y de qué igualdad no gozan las personas LGBTI en Venezuela?:                
·         Del derecho a ser protegidas de discursos de odio, crueles y degradantes; de prácticas de intimidación y hostigamiento, de detenciones arbitrarias y de agresiones o ataques.
·         Del derecho a vivir en un ambiente social, político y cultural, libre de prejuicios, estigmas y estereotipos falsos, difamatorios y denigrantes sobre la condición de las personas sexo-diversas.    
·         Del derecho a no ser molestadas o censuradas por expresarse libremente en sus ideas y opiniones sobre asuntos públicos o en aquellos que conciernen a sus derechos.     
·         Del derecho a la identidad, como derecho personalísimo, y del cual depende ejercer otros derechos en igualdad y con justicia bajo el amparo de las leyes, y participar en la vida civil, económica y política.
·         Del derecho a la salud, a educarse, a casarse, a tener un trabajo y una vivienda digna, a la protección del matrimonio y a la de su familia.
·         Del derecho a no ser discriminadas por su identidad y expresión de género o por su orientación sexual, a través de privaciones, distinciones, restricciones o disparidades en los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra la universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, lo que significa que no puede existir un goce parcial de derechos, ni tampoco un ejercicio restrictivo de ellos. Asimismo, la Constitución prohíbe toda práctica que pueda anular o menoscabar cualquier derecho y establece su carácter progresivo, lo que permite ampliar toda garantía en tanto ello sea favorable a su ejercicio universal. El Estado venezolano tiene el deber de honrar sus compromisos internacionales con los derechos de las personas LGBTI y cumplir lo antes posible las disposiciones constitucionales que permitan garantizarlos, tomando entre otras medidas las siguientes: 
·         Dictar normas y capacitar a los funcionarios de todos los poderes, instituciones y servicios públicos, en el respeto y protección de los derechos de las personas sexo-diversas.
·         Realizar campañas contra la discriminación por identidad y expresión de género y orientación sexual.
·         Promulgar leyes antidiscriminatorias y establecer mecanismos para hacerlas cumplir; y revisar toda legislación que excluya o discrimine a las personas sexo-diversas en el ejercicio de derechos.
·         Crear una Defensoría Especial en Derechos de las Personas Sexo-diversas en la Defensoría del Pueblo.
·         Reformar la Ley Orgánica de Registro Civil para permitir el cambio de nombre y sexo de las personas sexo-diversas, así como el matrimonio civil entre personas de igual sexo y su igualdad legal.
·         Incluir en la Reforma del Código Penal Venezolano los crímenes de odio como delito.
·         Desarrollar políticas en el sistema educativo público y privado para erradicar la discriminación y el acoso escolar por identidad y expresión de género y orientación sexual.
·         Abolir cualquier tipo de tratamiento quirúrgico de normalización de niños inter-sexuados.