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lunes, 27 de mayo de 2013

Los Defensores/as de DD.HH

Vicaría de DD.HH de Caracas

Nuestra sociedad cada día es más compleja, pensábamos que los cambios prometidos iban a ayudarnos a generar mayor humanización a la sociedad y a las instituciones, pero no ha sido así, las estadísticas de muertes y de violencia generalizada indican otra cosa, podemos buscar muchas justificaciones hasta llegar a decir que esta situación es efecto de la realidad que se vive en el mundo entero, pero nada puede justificar la muerte de inocentes y el resquebrajamiento de la dignidad humana, de sus derechos inalienables como la vida, la libertad, la paz. Somos un país democrático que anida en su corazón una constitución plena de buenos deseos para la convivencia humana, pero poco ejercida en sus núcleos fundamentales.

Ciertamente nos encontramos en un contexto histórico de deshumanización, oportuno para volver a recordar y renovar nuestras opciones ante la promoción, dignidad y defensa de la vida, la libertad, la paz, la justicia, que nos lleva responsablemente a un compromiso por la promoción y protección integral de los derechos humanos.

Dignidad que implica respeto a sí mismo como a los otros, por el reconocimiento que toda persona posee características que la elevan por encima de los otros seres. La dignidad humana es el más alto reconocimiento que persona alguna pueda tener, de allí parte el orden social, porque ninguna ley u ordenamiento jurídico provee a la persona de dignidad, sino que la reconoce y promueve.

Sentir la grandeza del ser humano en sí mismo, provoca la animación de su defensa y promoción, pero esto lleva un orden y un método, y no se puede hacer de cualquier forma, se hace desde los aspectos que la ciencias sociales y jurídicas nos indican. Quienes asumen este desafío son conscientes de lo que ello representa y corren el riesgo de ser mal interpretados, perseguidos e injuriados, sabiendo que estamos en una sociedad donde la impunidad está a la orden del día y donde los procesos, sean cuales sean, no caminan por las veredas naturales.

Es necesario reconocer la labor que realizan los defensores y defensoras de los Derechos Humanos en nuestro país, principalmente en la protección de personas o de grupos de personas que se les hayan violentado sus derechos humanos, de la denuncia pública de las injusticias que afectan a la sociedad y el control ciudadano que ejercen sobre los funcionario públicos y las instituciones democráticas. Ninguna de estas tareas es fácil en medio de la realidad de violencia que vive nuestro país. Los hechos corroboran esto: 76 casos que afectan a 92 víctimas en el año 2011, según el Informe de la Vicaría sobre la Situación de los Defensores/as de DD.HH, dicen mucho de lo que sucede en nuestro país. Se violan los derechos humanos no sólo a las víctimas, sino también a sus defensores, que nos indica el enraizamiento de las injusticias que hacen menos eficientes los valores democráticos de nuestro pueblo. Esto es totalmente contradictorio para una democracia, porque el respeto a los derechos humanos es elemento esencial para la existencia de la misma.

Los defensores y defensoras de los derechos humanos son personas que tienen dignidad en sí mismas, que son merecedoras de respeto no sólo por ser ciudadanos, sino también por realizar una labor a favor de otros, conocidos o desconocidos, sin mirar su condición. Involucrarse con la historia de vida de otro ser humano o grupo de seres humanos, desde una perspectiva que va más allá de la filantropía para internarse en el mundo de los valores, de la conciencia, de la ética, de la responsabilidad, es una labor loable y digna de admiración. Los derechos y la ley están de esta manera al servicio de otros.



vicariaddhhcaracas@gmail.com

lunes, 30 de julio de 2012

Los Defensores y Defensoras de Derechos Humanos

Foro por la Vida-Vicaría DDHH Caracas

Desde hace unos de veinticinco años se ha venido usando crecientemente la expresión “defensores de derechos humanos” para referirse a una categoría de miembros de la sociedad civil y a sus organizaciones, cuya misión consiste precisamente en la protección y promoción de dichos derechos fundamentales. La Declaración de Naciones Unidas sobre Defensores de Derechos Humanos de 1984, ha sido seguida de numerosos otros documentos, informes y mecanismos de protección, tanto en el plano internacional como en el ámbito de entidades intergubernamentales regionales, todos los cuales  procuran destacar la necesidad y legitimidad de las actividades de estas personas e instituciones, o bien documentan y denuncian diversas formas de ataque u hostigamiento en su contra. 

¿Quiere esto decir que esa categoría de personas debe gozar de derechos especiales?  La respuesta es que en cuanto individuos no tienen ni más ni menos derechos que los que corresponde a todos los miembros de la familia humana.  Lo que sí se busca enfatizar, y con razón, es que la tarea que desempeñan es esencial y que atacar a quienes defienden los derechos humanos implica un grave riesgo para la protección de tales derechos y mayor vulnerabilidad para las personas afectadas.

Con todo, la conciencia ciudadana acerca de la vital importancia de defender y promover los derechos humanos,  parece crecer sostenidamente desde los años sesenta del siglo pasado, con ribetes semejantes, en las más distintas latitudes.  Esto es, sin duda, un signo de esperanza de cara a la persistencia, en muchos países, del autoritarismo, los intentos de socavar la democracia  y las prácticas violatorias de los fueros fundamentales de toda persona.

El movimiento pro derechos humanos se desarrolló y creció, hasta mediados de los años ochenta, principalmente luchando en contra de las prácticas represivas de regímenes dictatoriales de distinto signo ideológico.  En esta campaña, dicho movimiento logró que el concepto de derechos humanos pasara a ser una noción ético-política familiar y de uso corriente, que las preocupaciones humanitarias ocuparan los titulares de los medios de comunicación en todo el mundo y que las organizaciones internacionales y los gobernantes no pudieran hacer desentenderse de este clamor.

Las  organizaciones de derechos humanos alcanzaron mayor presencia y legitimidad.  Sin embargo, se vieron encaradas por nuevos desafíos, que consistían no sólo en defender los derechos fundamentales en situaciones de conflicto armado o de grave quebrantamiento de la democracia, sino en formular proposiciones constructivas tendientes a enfrentar un pasado de graves violaciones y a fortalecer los sistemas democráticos frente a ciertas persistentes debilidades:  la perpetuación de la pobreza; la exclusión o marginación de amplios sectores de la sociedad; endebles leyes e instituciones públicas; insuficiente participación política y una extendida corrupción.


No corresponde al movimiento de derechos humanos ni a sus defensores  tomar posiciones políticas en cuanto tales, sin perjuicio que cada persona puede tener, como individuo,  las opciones que libremente escoja.  Lo que sí es imperativo para ellos es mantener, en toda situación y bajo todo régimen o proceso político, una adhesión irrestricta al principio de respeto a los derechos humanos y una defensa decidida de los mismos y de las personas afectadas,  cuando tales derechos son violados o peligran.

Es obligación de las autoridades estatales no sólo respetar los derechos fundamentales, sino reconocer el deber y derecho de cada cual de defenderlos y promoverlos.  Y es deber de la comunidad internacional velar por la observancia de los derechos humanos, lo que supone exigir la seguridad y libertad de acción de quienes los defienden desde la primera línea.  Así lo exigen principios universales imperativos que han llegado a ser parte esencial del patrimonio ético de la humanidad.

Contacto: Vicaría de Derechos Humanos de Caracas
Teléfono: 0212 564 75 09

miércoles, 11 de abril de 2012

Foro por la Vida exige que se investiguen los hechos de caso de defensor DDHH que llega a la Corte IDH

Caracas, 1 de marzo de 2012. La Corte Interamericana de Derechos Humanos realizará el 2 de marzo de 2012 la audiencia sobre el caso de Joe Castillo, joven defensor de derechos humanos venezolano quien fue asesinado el 27 de agosto de 2003 en Machiques, estado Zulia, cuando se encontraba con su esposa Yelitze Moreno y su hijo de un año y medio de edad.

Este caso, en el cual se señala al Estado venezolano por violaciones al derecho a la vida, integridad personal, garantías judiciales, protección judicial, derecho a la libertad de pensamiento y expresión permanece en absoluta impunidad, sin que se haya condenado a alguna persona por estos hechos durante nueve años, y la última decisión tomada en el caso fue la figura de archivo fiscal, dictada por el Ministerio Público.

Es por esto que las organizaciones del Foro por la Vida que suscribimos este comunicado, expresamos nuestra más profunda preocupación por la situación de impunidad en la que permanece este caso y exigimos al Estado venezolano, de manera inmediata, sin dilaciones, investigar los hechos y sancionar a los responsables.

El Foro por la Vida invita a seguir la audiencia pública sobre este caso, que será transmitida en vivo, a través de la página web de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (www.corteidh.or.cr)  el viernes 2 de marzo de 2012, a las 10:30 am (Hora de Venezuela) y en la misma declarará Yelitze  Moreno,  testigo presencial de los hechos, así como dos peritos, uno presentado por el Estado y el Dr. Michel Reed, propuesto por los representantes de las víctimas.

Joe Castillo se desempeñaba como coordinador de la Oficina de Acción Social y Derechos Humanos del Vicariato Apostólico de Machiques, donde también trabajaba su esposa Yelitze Moreno de Castillo. Entre sus actividades se encontraban, la asistencia legal, monitoreo y apoyo en la elaboración de leyes en temas migratorios, asilo y refugio en la zona fronteriza entre Venezuela y Colombia; trabajo de difusión y capacitación en derechos humanos con las comunidades indígenas de la Sierra de Perijá, así como apoyo legal a los campesinos vinculados a los procesos de recuperación de tierras. Este trabajo lo realizó conjuntamente con la Oficina Regional del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados y Desplazados (ACNUR).

El 27 de agosto de 2003 mientras Joe Castillo, junto con su esposa e hijo, se dirigía en automóvil  a su residencia en la urbanización Tinaquillo de Machiques, en el Estado Zulia en Venezuela (frontera con el Norte de Santander de Colombia), dos personas que se desplazaban en una moto, alcanzaron el automóvil por el lado del conductor, disminuyendo la velocidad para confirmar la identidad de quienes iban en el vehículo, y pocos metros más adelante dispararon en trece oportunidades en contra de los integrantes de la familia Castillo. De los 13 disparos emitidos, 9 impactaron contra Joe Castillo causándole la muerte.  Los impactos de bala causaron heridas a Yelitze Moreno de Castillo y su hijo, quienes tuvieron que ser atendidos en una sala de emergencias de la ciudad de Maracaibo y ser intervenidos quirúrgicamente.  Yelitze Moreno de Castillo presentó heridas producidas por arma de fuego a nivel de la región del antebrazo izquierdo con entrada y salida, en la región del hemitórax izquierdo y en el hombro de lado izquierdo.  El hijo de los Castillo presentó heridas por arma de fuego a nivel de la región del antebrazo izquierdo con entrada y salida, en la región de  los dos hombros, y en la región del hemitórax izquierdo.

El caso de Joe Castillo y otros fue presentando el 20 de marzo del 2006 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por la Vicaría de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas y por el Centro para la Justicia y el Derechos Internacional (CEJIL), organizaciones que han denunciado  el incremento en los últimos años de actos de agresión contra los defensores y defensoras de derechos humanos, desde ataques contra la integridad física y la vida, las amenazas y los hostigamientos, hasta campañas de intimidación y desprestigio.

 Joe Castillo había informado a su equipo de trabajo temor por su vida, indicando que solicitaría al ACNUR que le facilitara más seguridad dado el riesgo que corría su vida.  Los peticionarios de este caso alegan que pese a que los hechos de violencia en la zona fronteriza Colombia-Venezuela en el Estado Zulia era de conocimiento público, el Estado no adoptó medida alguna para prevenir o evitar que se produjeran otros atentados a la vida e integridad personal en los cuales se incluyen los ocurridos a las presuntas víctimas del presente caso.

Por esto, es importante que el Estado venezolano reconozca la importancia del artículo 1 de la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, aprobada por la Organización de Naciones Unidas en 1999, la cual indica lo siguiente:

“Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”. Por lo que deben ofrecerse las garantías debidas  para el trabajo que realizan las defensoras y los defensores de derechos humanos en el país.

Por la Vocería del Foro por la Vida:

-Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA)

-Centro para la Paz y Los Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela.

-Comité de familiares de víctimas de los sucesos entre febrero y marzo de 1989 (COFAVIC).