Cartas enviadas a los gobiernos y autoridades del Mercosur y OEA por la denuncia de Venezuela a la CADH
Preocupación de la sociedad civil venezolana por la denuncia de
Venezuela a la Convención Americana sobre Derechos Humanos
Sábado 07 de Septiembre de 2013
Carta a países No Mercosur y
Carta Mercosur
Caracas, 06 de septiembre de 2013
Excelentísimo/a
Embajador/a
Presente.-
Asunto: Preocupación de la
sociedad civil venezolana por la denuncia de Venezuela a la Convención
Americana sobre Derechos Humanos
De nuestra mayor consideración,
Las organizaciones de derechos
humanos y de desarrollo, que abajo suscribimos, nos dirigimos a S.E. para
manifestar nuestra preocupación ante la denuncia a la Convención Americana
sobre Derechos Humanos (CADH) por parte de la
República Bolivariana de Venezuela, la cual se formalizará el próximo 10 septiembre de 2013.
El 10 de septiembre de 2012, de
acuerdo con el comunicado del Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA) José Miguel
Insulza, la República Bolivariana de Venezuela envió nota formal de denuncia a
la CADH.
La denuncia por parte de
Venezuela es una medida profundamente regresiva para las garantías de los
derechos humanos en este territorio que afectará principalmente a las víctimas
y a los sectores más empobrecidos de la sociedad. La denuncia a la CADH
constituye un debilitamiento del sistema regional de los derechos humanos y por
tanto sus repercusiones afectan importantes avances que se desarrollaron en más
de los 40 años desde su aprobación.
Este compromiso se corresponde
además con el contenido de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, en cuyos artículos no solo se garantiza a toda persona “conforme al
principio de progresividad (…) el goce y ejercicio” de los derechos
humanos (Artículo 19), sino que además
se reconoce el derecho de toda persona “a dirigir peticiones o quejas” ante los
órganos de los sistemas internacionales de derechos humanos (Artículo 31) y se
establece que en caso de decretarse un estado de excepción, debe cumplirse “con
las exigencias, principios y garantías establecidos (…) en la Convención
Americana sobre Derechos Humanos” (Artículo 339).
Los derechos humanos son una
legítima protección de la comunidad internacional, tal y como lo establece la
Carta de Naciones Unidas (1) y la Declaración y Programa de Acción de Viena
(2) la cual establece en su cuarto punto
que “En el marco de esos propósitos y principios, la promoción y protección de
todos los derechos humanos es una preocupación legítima de la comunidad
internacional”.
En este sentido, el hecho de que
Venezuela denuncie este importante tratado internacional de derechos humanos
debilita el compromiso del Estado venezolano con la comunidad internacional en
el respeto y promoción a los derechos humanos. Esta decisión afecta tanto a los
ciudadanos venezolanos como a todas las personas que habitan o entran en algún
momento en la jurisdicción de Venezuela. Igualmente debilita las posiciones
regionales que en reiteradas oportunidades han manifestado su apoyo al Sistema
Interamericano de Derechos Humanos y a los mecanismos multilaterales para la
atención de estos desafíos.
Por estas razones mucho
estimaríamos que su Gobierno, en cumplimiento a la legítima preocupación por
los derechos humanos a nivel internacional, medie sus buenos oficios para que
el Gobierno de Venezuela:
1. Reconsidere la denuncia a la Convención Americana sobre
Derechos Humanos.
2. Promueva y ejecute políticas
de respeto, promoción y protección a los derechos humanos y a los Sistemas
internacionales que se han destinado a tal efecto.
Aprovechamos la oportunidad de
expresarle a S.E. los sentimientos de nuestra más alta consideración y estima.
Atentamente,
-Espacio Público
-Acción Solidaria en VIH/Sida
-CIVILIS Derechos Humanos
-Centro de Derechos Humanos de la
Universidad Católica Andrés Bello
-Justicia y Paz Los Teques
-COFAVIC
-ACCSI Acción Ciudadana Contra el
Sida
-Vicaría Episcopal de Derechos
Humanos de la Arquidiócesis de Caracas
-Centro para la Paz y los Derechos
Humanos de la Universidad Central de Venezuela
-Observatorio Venezolano de
Derechos de las Mujeres
-Provea
Notas:
1 Adoptada el 26.06.1945 por la
Organización de Naciones Unidas.
2 Adoptada por la Asamblea
General de la Organización de Naciones Unidas en la Conferencia Mundial de
Derechos Humanos celebrada en Viena del 14 al 25 de junio de 1993.
A/CONF.157/23 del 12.07.93.
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