sábado, 7 de septiembre de 2013

Cartas a los gobiernos y autoridades del Mercosur y OEA por la denuncia de Venezuela a la CADH

Cartas enviadas a los gobiernos y autoridades del Mercosur y OEA por la denuncia de Venezuela a la CADH

Preocupación de la sociedad civil venezolana por la denuncia de Venezuela a la Convención Americana sobre Derechos Humanos

Sábado 07 de Septiembre de 2013
Carta a países No Mercosur y Carta Mercosur
Caracas, 06 de septiembre de 2013
Excelentísimo/a
Embajador/a
Presente.-

Asunto: Preocupación de la sociedad civil venezolana por la denuncia de Venezuela a la Convención Americana sobre Derechos Humanos

De nuestra mayor consideración,

Las organizaciones de derechos humanos y de desarrollo, que abajo suscribimos, nos dirigimos a S.E. para manifestar nuestra preocupación ante la denuncia a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) por parte de la  República Bolivariana de Venezuela, la cual se formalizará el  próximo 10 septiembre de 2013.

El 10 de septiembre de 2012, de acuerdo con el comunicado del Secretario General de la Organización  de Estados Americanos (OEA) José Miguel Insulza, la República Bolivariana de Venezuela envió nota formal de denuncia a la CADH.

La denuncia por parte de Venezuela es una medida profundamente regresiva para las garantías de los derechos humanos en este territorio que afectará principalmente a las víctimas y a los sectores más empobrecidos de la sociedad. La denuncia a la CADH constituye un debilitamiento del sistema regional de los derechos humanos y por tanto sus repercusiones afectan importantes avances que se desarrollaron en más de los 40 años desde su aprobación.

Este compromiso se corresponde además con el contenido de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en cuyos artículos no solo se garantiza a toda persona “conforme al principio de progresividad (…) el goce y ejercicio” de los derechos humanos  (Artículo 19), sino que además se reconoce el derecho de toda persona “a dirigir peticiones o quejas” ante los órganos de los sistemas internacionales de derechos humanos (Artículo 31) y se establece que en caso de decretarse un estado de excepción, debe cumplirse “con las exigencias, principios y garantías establecidos (…) en la Convención Americana sobre Derechos Humanos” (Artículo 339).

Los derechos humanos son una legítima protección de la comunidad internacional, tal y como lo establece la Carta de Naciones Unidas (1) y la Declaración y Programa de Acción de Viena (2)  la cual establece en su cuarto punto que “En el marco de esos propósitos y principios, la promoción y protección de todos los derechos humanos es una preocupación legítima de la comunidad internacional”.

En este sentido, el hecho de que Venezuela denuncie este importante tratado internacional de derechos humanos debilita el compromiso del Estado venezolano con la comunidad internacional en el respeto y promoción a los derechos humanos. Esta decisión afecta tanto a los ciudadanos venezolanos como a todas las personas que habitan o entran en algún momento en la jurisdicción de Venezuela. Igualmente debilita las posiciones regionales que en reiteradas oportunidades han manifestado su apoyo al Sistema Interamericano de Derechos Humanos y a los mecanismos multilaterales para la atención de estos desafíos.

Por estas razones mucho estimaríamos que su Gobierno, en cumplimiento a la legítima preocupación por los derechos humanos a nivel internacional, medie sus buenos oficios para que el Gobierno de Venezuela:
1. Reconsidere la  denuncia a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

2. Promueva y ejecute políticas de respeto, promoción y protección a los derechos humanos y a los Sistemas internacionales que se han destinado a tal efecto.

Aprovechamos la oportunidad de expresarle a S.E. los sentimientos de nuestra más alta consideración y estima.

Atentamente,

-Espacio Público
-Acción Solidaria en VIH/Sida
-CIVILIS Derechos Humanos
-Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello
-Justicia y Paz Los Teques
-COFAVIC
-ACCSI Acción Ciudadana Contra el Sida
-Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas
-Centro para la Paz y los Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela
-Observatorio Venezolano de Derechos de las Mujeres
-Provea

Notas:
1 Adoptada el 26.06.1945 por la Organización de Naciones Unidas.

2 Adoptada por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena del 14 al 25 de junio de 1993. A/CONF.157/23 del 12.07.93.

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