Comunicados sobre DDHH

Conozca los comunicados del Foro por la Vida sobre la situación de los DDHH en el país

Exámen Periódico Universal Vzla

La información sobre el mecanismo de la ONU para monitorear compromisos de DDHH del Estado venezolano

Periodismo en derechos humanos

Lea los artículos sobre el trabajo de las organizaciones defensoras de DDHH en Venezuela

Informes sobre DDHH en Venezuela

Descargue los diagnósticos realizados por las organizaciones sociales sobre la situación del país

lunes, 3 de diciembre de 2012

Protocolo de Derechos Humanos para la Prevención y Atención al VIH en Venezuela

Acción Solidaria (AcSol)
Foro por la vida

Nadie es vulnerable al VIH por predisposición natural, creencia ni decisión propia. Las vulnerabilidades se evitan o superan, desarrollando capacidades para dominar eventos, situaciones y procesos relacionados con el VIH, a través de una acción dirigida a la restitución de derechos. El objetivo es lograr que cada persona alcance el mayor grado de autonomía para comprender esos eventos que puedan tener como resultado la transmisión del VIH; adoptar en forma adecuada el proceso de tratamiento a la salud, cuando se ha contraído el VIH; y vencer las situaciones que puedan causar una muerte evitable por Sida. En el Informe de ONUSIDA sobre la Epidemia Mundial de Sida, 2012, Venezuela es uno de los 68 país donde no se observó ningún cambio en el descenso del número de personas que mueren por causas relacionadas con el Sida durante el período 2005-2011, aunque registra un porcentaje mayor al 60% de personas con derecho a recibir los tratamientos antirretrovirales.
Hoy es 1 de diciembre, Día Mundial de Respuesta al VIH/Sida. El lema mundial es “Trabajar juntos para lograr una generación libre del Sida”. Alcanzar este objetivo supone crear un marco de referencia común para garantizar derechos que son negados o restringidos por causas institucionales, jurídicas y operativas; y en esto consiste la adopción de un Protocolo en Derechos Humanos para la Prevención y Atención en VIH promovido por Acción Solidaria y organizaciones de la sociedad civil en VIH de todos los estados, con el cual queremos construir una Red de Compromiso Institucional a través del apoyo mutuo y la acción conjunta para cubrir las necesidades de restitución de derechos a través de acuerdos de colaboración entre las Organizaciones de la Sociedad Civil en VIH y los Centros de Salud, las Instituciones Educativas, los Organismos Oficiales, las Empresas y las Personas con VIH.
Con este protocolo, toda persona o funcionario que realice prevención o asistencia en este campo podría promover y proteger los Derechos Humanos relacionados con el VIH, apoyando y asistiendo a todas las personas sin discriminación alguna; respetando y protegiendo la vida y la integridad de cada persona; y no ejecutando o colaborando en prácticas que menoscaben la dignidad humana y los derechos de las personas. En tal sentido, el Protocolo aporta conceptos, normas y maneras de intervenir que podemos aplicar juntos con dos finalidades: erradicar cualquier forma de privación, maltrato, coerción o confinamiento de personas con VIH en centros de salud, instituciones educativas, centros de trabajo, establecimientos penitenciarios, entre otros; y proteger a las personas con VIH del rechazo, abandono o expulsión de la familia, de las comunidades y de cualquier forma de organización social, económica, política, cultural y religiosa.
Para guiar acerca del contenido de este Protocolo, a continuación se resumen sus principios, derechos y normas:

 
Principios
Derechos
Normas
Descripción
Respeto a las Personas, Ser Ellas Mismas
A la condición de persona
Trato digno
Atención y trato digno de todas las personas, por encima de cualquier otro propósito
Igualdad de trato
No discriminar por edad, género, identidad de género, orientación sexual, raza o condición socio-económica
A la integridad
Libertad de expresión y decisión
Respetar la libre expresión de la identidad o personalidad, y las decisiones sobre el propio cuerpo
A la intimidad
Confidencialidad
Resguardar la privacidad y confidencialidad de la información y comunicarla sólo a quienes las personas deseen hacerlo
A la libertad
Libertad de conciencia y movimiento
Abstenerse de obligar a que se declare la condición serológica o limitar la libertad de opinión, movimiento o contacto con otros
Protección de la Vida, en Toda su   Integridad
A la vida
Inviolabilidad de la vida
Proteger la vida adoptando todas las medidas necesarias para detener una muerte evitable
Al cuidado de la salud
Universalidad de la Atención a la Salud
Atención universal a la salud, disponiendo de controles médicos, campañas públicas, diagnóstico, asesoría previa y posterior a la prueba, y donaciones seguras de sangre, órganos y tejidos     
A estar  libre de riesgos para la salud y la vida
Integralidad de la Atención en VIH
Atención integral para las personas con VIH, disponiendo de personal médico tratante, abierta comunicación e información, suministro permanente de medicamentos, atención especializada, seguimiento y control adecuado  
Calidad y seguridad de         Antirretrovirales y Preservativos
Acceso a preservativos de calidad y en cantidades suficientes; y de medicamentos antirretrovirales seguros
Atención Integral a Mujeres y Embarazadas
Atención oportuna y digna para las mujeres y embarazadas con o sin VIH, conforme a sus derechos sexuales y reproductivos
Promoción del Ejercicio de una Vida Plena
A cumplir el propio destino
Continuidad de los Proyectos de Vida
No provocar ni inducir la interrupciónde proyectos de vida privada y pública
A los vínculos sociales
Disfrutar de la Vida Familiar, Social y Sexual
Contribuir a fortalecer los vínculos afectivos y solidarios y abstenerse de interferir o coaccionar en libre ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos
A una vida tranquila, satisfactoria y productiva
Poseer un Nivel de Vida Adecuado
Apoyar en el logro de trabajo, educación, seguridad social y vivienda, aboliendo el requisito de pruebas de detección del VIH

@accionsolidaria

lunes, 26 de noviembre de 2012

Candidaturas de la impunidad. Los Reyes del camuflaje


Comité de Víctimas contra la Impunidad del Estado Lara COVICIL
Foro por la Vida

En el argot militar, camuflaje equivale a mimetismo. Propiedad que detentan algunos lagartos, reptiles, insectos y otras especies animales. Equivale a confundirse con el entorno; absorberlo, hacerlo parte de él.

Así, mimetizadas, se han presentado dos candidaturas a la contienda electoral, una es la del Capitán de Navío Ramón Rodríguez Chacín a la gobernación de Guárico, y la otra la del Teniente Coronel Luis Reyes Reyes, quien aspira a dirigir -por tercera vez- el destino de los larenses.

En el caso de  Rodríguez Chacín el movimiento de DDHH le recuerda ingratamente por su participación en el Comando Específico José Antonio Páez (CEJAP), en ocasión del asesinato de 14 personas en “La masacre de El Amparo” (1988), y de por lo menos el asesinato de 42 personas en operaciones previas, conocidas como “Los Amparitos”.

Respecto a  la candidatura de Reyes, es un hecho suficientemente documentado que en su paso por la gobernación de Lara, las mafias policiales y parapoliciales proliferaron por mimesis de sus poderes ductores; siete masacres (Los Pocitos, Rio Claro, El Tostao, Urdaneta, Quíbor, Loma de León, Chabasquén) y cientos de ciudadanos ejecutados en “enfrentamiento” con la policía regional comandada por los generales Rodríguez Figuera (Agosto 2003 – Febrero 2007) y Octavio Chacón (Septiembre 2007 – Diciembre 2008) dan cuenta del  balance sangriento de su gestión.

Su candidatura representa una bofetada a las aspiraciones de justicia de los larenses, que aún esperan que el Teniente Coronel responda a los señalamientos plasmados en diversas investigaciones realizadas por el Consejo Legislativo Estadal, el MPPIJ y las denuncias ante el Ministerio Público de los familiares de las víctimas de ejecuciones, desapariciones forzadas, tortura, extorsión, entre otros delitos perpetrados por funcionarios de polilara, invariablemente favorecidos por el Circuito Judicial Penal de la entidad en manos de una Juez señalada públicamente por participar de las tropelías del Magistrado, ahora prófugo, Eladio Aponte Aponte.
Mientras, Reyes y sus aplaudidores, hacen mutis queriendo pasar por alto los desafueros  que desde el inicio de su gestión de gobierno vienen convirtiendo al estado Lara en uno de los más inseguros, con mayores índices de criminalidad, de casos no resueltos y donde el Poder Judicial sigue repartiéndose a gajos, vemos con estupor la campaña desplegada en las paredes de Barquisimeto donde se lee: “Por la seguridad de los larenses: Reyes y Figuera”, “Por la dignidad de la policía: Reyes y Figuera” . Estos llamamientos recuerdan los macabros panfletos del grupo exterminio en Zulia y Portuguesa que, ante la supuesta incapacidad de la policía para controlar la delincuencia, promocionaban su funesta acción justiciera parapolicial como una opción válida.

¿Lee algo el señor Reyes Reyes? ¿Por casualidad se habrá tropezado con un ejemplar del libro IMPUNIDAD Y PODER?

En esta publicación del Covicil se presentan además de los testimonios de las víctimas de violaciones a los DDHH, las estadísticas y hechos de impunidad durante la gestión de Reyes, refrendadas con cifras de la propia FGN y la Fiscalía Superior de Lara, así como con investigaciones realizadas desde diversas instancias oficiales e instituciones como el INE, mediante las cuales se pudo determinar que  la tasa de homicidios en la entidad pasó de 11,4% x 100.000/hab cuando asumió la gobernación, a 41,9 x 100.000/hab, en el 2008 cuando abandonó el cargo, lo que representó un vertiginoso aumento del 367,8 % en el período analizado.

Pero seguramente el candidato no ha leído el libro, ni le interesa. Y los suyos –carentes de coraje moral para responder- también piensan hacerse los pendejos, ante los señalamientos que allí se hacen, directamente a Ud. Señor, licenciado, teniente coronel retirado.
Recordamos que 26 de noviembre se cumplen tres años de impunidad del sicariato político contra Mijaíl Martínez, un joven video activista colaborador del Covicil, sin que hasta la fecha el Ministerio Publico haya orientado las investigaciones hacia los verdaderos responsables: los que planificaron y ordenaron su ejecución.

Más de uno debe responder, más de uno.

lunes, 19 de noviembre de 2012

Venezuela en el Consejo de DDHH-ONU: Una “victoria” anunciada

Centro de Derechos Humanos de la UCAB
Foro por la Vida

El pasado 12 de noviembre fue elegido un grupo de Estados para formar parte del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, entre ellos Venezuela.
Durante la última década Venezuela ha fallado de manera sistemática en el cumplimiento de sus compromisos internacionales en derechos humanos, lo cual se evidencia en la inobservancia de las resoluciones, sentencias, medidas provisionales y cautelares; un retraso de hasta ocho años en la presentación de informes ante órganos de protección; resistencia a la firma y/o ratificación de nuevos tratados en derechos humanos y una negativa o silencio ante solicitudes de visitas de representantes de órganos de protección durante los últimos 10 años. La misma Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU había recibido una invitación del gobierno para visitar el país, la cual se “enfrió” tras el Examen Periódico Universal (EPU) realizado por el Consejo a Venezuela en octubre de 2011.
Adicionalmente, el pasado 10 de septiembre el Estado venezolano denunció la Convención Americana de Derechos Humanos y, en el marco del EPU, el país rechazó la mayoría de las recomendaciones formuladas sobre temas tales como libertad de expresión, independencia judicial, visitas de órganos de protección y defensores de derechos humanos, pese a tratarse de algunos de los temas con el mayor número de recomendaciones.
Sumado a lo anterior, en un caso sin precedentes para la comunidad internacional de derechos humanos, la Juez María Lourdes Afiuni tiene ya casi 3 años de encarcelamiento arbitrario por órdenes directas del Presidente, precisamente por haber acatado una resolución del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas.
La pregunta entonces es ¿por qué resultó elegida Venezuela?
Hay que comenzar por aclarar que el Consejo de Derechos Humanos es un órgano político, en la medida en que sus miembros son representantes de los Estados, los cuales siguen órdenes de sus respectivas cancillerías; ello lo diferencia de los comités de seguimiento a los convenios y de las relatorías, cuyos integrantes son expertos independientes. En segundo lugar, en el caso del grupo de América Latina y el Caribe, en esta oportunidad solo había tres candidatos para llenar tres vacantes, por lo que difícilmente Venezuela quedaría por fuera de este organismo.
Inmediatamente después de la votación, el embajador de Venezuela ante la ONU, Jorge Valero, calificó el ingreso de Venezuela como una “victoria sin precedentes”, haciendo mención al hecho de que Venezuela obtuvo más votos que EEUU. Sin embargo, lo que ciertamente no tiene precedentes es que el ingreso de Venezuela se produce con una votación inferior en 30 votos con respecto a Brasil, en un grupo regional donde no había competencia; el ingreso de EEUU fue el resultado de una contienda entre 5 estados para 3 puestos, quedando por fuera Grecia y Suecia. Mientras Venezuela se presentaba a un asiento “seguro”, muchos países de otros grupos regionales tuvieron que competir por un puesto y, en esas condiciones, Venezuela no logró un respaldo similar al obtenido por Brasil y Argentina.
Según lo establecido en la resolución A/RES/60/251 de la ONU, los estados “deberán tener en cuenta la contribución de los candidatos a la promoción y protección de los derechos humanos y las promesas y compromisos voluntarios”. Las promesas hechas por Venezuela se refieren principalmente a su compromiso con la estructura política, más no con los órganos independientes de supervisión técnica, que son aquellos a los cuales acuden las víctimas en busca de protección.
En tal sentido, el desafío del movimiento de derechos humanos es mantener viva la voz y exigencias de las víctimas ante los mecanismos independientes creados en el seno de las Naciones Unidas para proteger sus derechos. La baja votación de Venezuela, en comparación de sus pares regionales, da cuenta de un nivel de insatisfacción sobre el desempeño del país ante dichos mecanismos. Es allí, y no en los órganos políticos, donde se pone a prueba el talante democrático de las naciones.

lunes, 12 de noviembre de 2012

Audiencia ante la CIDH: Libertad de expresión en amenaza permanente


Foro por la Vida
Espacio Público


El 1 de noviembre de 2012, el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDDHH UCAB), el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP); el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y Espacio Público participaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en un Audiencia sobre la situación del derecho humano a la libertad de expresión.
Los principales hechos expuestos, que este artículo resume, documentaron algunos de los desafíos que tiene ante sí la sociedad en la tarea de contener las violaciones y restricciones recurrentes a la libertad de expresión que se registran en Venezuela.
En el año 2012, desde el 01 de Enero al 15 de octubre, ocurrieron 166 casos de violaciones a la libertad de expresión e información, dentro de los cuales se cuentan 39 ataques informáticos. En el total de casos se contabilizaron 282 violaciones al derecho a la libertad de expresión e información. Los hechos registrados superan el total registrado en el estudio del mismo período en el 2011 e incluso supera la cifra total registrada en los doce 12 meses del año anterior en el que se registraron 139 casos y 224 violaciones.
Acceso a la información pública
En un estudio realizado en el años 2011, las instituciones públicas de un total de 61  peticiones realizadas, el 85% no obtuvo respuesta alguna por parte de las instituciones y sólo un 6,5% respondieron adecuadamente la solicitud de información.
Ante la falta de respuesta se acudió a los tribunales.  De 8  acciones judiciales,  en  siete (7) de los casos la sentencia ha sido de declararlos “inadmisibles” y uno (1) esperando audiencia de juicio. Las garantías judiciales para derechos consagrados en la Constitución tampoco resultaron efectivas
Agresiones y ataques a periodistas
En el país persiste un patrón en el que aumentan las agresiones y ataques a medios/periodistas en contextos electorales. En el periodo estudiado (01/01/2012 a 15/10/2012) ocurrieron 57 agresiones a medios y periodistas. Las víctimas principales son los periodistas y reporteros que constituyen más de la mitad de las víctimas (99). En la cobertura informativa en las calles los cuerpos de seguridad tienden a obstaculizar el trabajo de los reporteros, quienes son agredidos y despojados de sus equipos de trabajo. Asimismo, al hacer cobertura de eventos de campaña se exponen a agresiones por parte de los seguidores del oficialismo o de la oposición según el medio de comunicación para el que trabajen.
Impunidad
Una característica recurrente de los casos de agresiones y ataques a periodistas y medios es omisión de Estado de investigar y sancionar a los responsables. Se mantiene una continuada descalificación por parte de altos funcionarios y a través del Sistema nacional de medios públicos (SNMP). Todo ello contribuye a alimentar una percepción generalizada que desestima la denuncia contribuyendo al desaliento de las víctimas y con ello a la impunidad.
Cadenas y transmisiones obligatorias de radio y televisión
Las cadenas y transmisiones obligatorias de radio y televisión, se mantienen como una política pública y constituyen un modo de restricción ilegitima a la libre circulación de la información. Estas transmisiones no cuentan con ninguna regulación, son arbitrarias y discrecionales.
Durante el año 2012 del 01 de enero al 01 de octubre, hubo un total de 104 cadenas con un total de 8460 minutos, lo que equivale a que aproximadamente a una cadena de radio y televisión cada 3 días. Son utilizadas frecuentemente para el proselitismo político partidario. En los contextos electorales, su reiteración constituye un abuso gubernamental que otorga ventajas ilegítimas en la circulación de los mensajes en un contexto electoral en el que, varios funcionarios incluido el presidente de la república, optan a cargos de elección popular.
En sus conclusiones las organizaciones solicitaron a la CIDH que mantuviera su atención sobre la situación venezolana y que adelantaran estudios doctrinarios sobre la compatibilidad del uso de cadenas obligatorias de radio y tv con el contenido y alcance de las obligaciones derivadas de los instrumentos internacionales del sistema interamericano de DDHH

lunes, 5 de noviembre de 2012

DÉJAME ENTRAR………


Foro por la Vida
Justicia y Paz Los Teques

Las palabras de Jesús  “….porque  estuve en la cárcel y me visitaste”  son, en el contexto del juicio de las naciones palabras que se dirige al corazón del hombre y la mujer ¿ de qué nos juzgará Dios? No de nuestro mero cumplimiento, sino del amor que hemos sido capaces de sembrar en el corazón  de las personas.  En tal sentido  La Pastoral Penitenciaria desde el amor y la exigencia del mandato de Jesús ha estado presente en las cárceles con una actitud de acompañamiento, búsqueda de la justicia,  defensa  y exigibilidad de los derechos humanos de los privados y privadas de libertad; sin negar el mal realizado por ellos y sus penosas consecuencias.

Sin embargo desde el 31 de diciembre de 2012 no hemos podido entran a los recintos penitenciarios y seguir prestando nuestro servicio a los privados y privadas de libertad,  por ordenes expresas de Ministra del Poder Popular para Servicios Penitenciarios  y corroborado  en una entrevista publicada en el periódico Ciudad CCS El 23 de enero de 2012, la Ministra Iris Varela, afirmó que las ONGs no podían tener acceso a información relevante acerca de las condiciones del sistema carcelario ya que ella misma les impide entrar: “Esas ONGs no manejan información fidedigna porque desde que yo llegué aquí les prohibí la entrada”.
 La Oficina de Justicia y Paz de la Diócesis de Los Teques, desea manifestar  su preocupación ante esta situación, por cuanto no hemos podido cumplir con parte de nuestra misión y lo mas inquieta tal como lo manifestamos en el comunicado del 24 de septiembre de este año, es que los problemas en los recintos penitenciarios se han agravado y siguen siendo un gran desafío de manera especial para el Ministerio de Servicios Penitenciarios, por cuanto el Estado, al privar de libertad a una persona, se coloca en una especial posición de garante, y por tanto tiene la obligación de procurar, por todos los medios a su alcance, mantener a la persona detenida en el goce de sus derechos fundamentales y, en especial, de los derechos a la vida y la integridad personal. En nuestro criterio, la urgencia de la situación en las cárceles venezolanas demanda de las autoridades venezolanas la aplicación de normas que permitan la implementación de los derechos que se encuentran garantizados a nivel constitucional y que son parte de las obligaciones del Estado.

Somos conscientes de que, en materia penitenciaria, además de un marco normativo adecuado resulta urgente la implementación de acciones y políticas concretas que tengan un impacto inmediato en la situación de riesgo en que se encuentran las personas privadas de libertad. La obligación del Estado frente a las personas privadas de libertad no se limita únicamente a la promulgación de normas que los protejan ni es suficiente que los agentes del Estado se abstengan de realizar actos que puedan causar violaciones a la vida e integridad física de los detenidos, sino que exige al Estado adoptar todas las medidas a su alcance para garantizar la vida e integridad personal de las personas privadas de la libertad.

Observamos  que uno de los principales problemas que afectan a las personas privadas de libertad en Venezuela es el hacinamiento, la falta de alimentos adecuados, la violencia descontrolada, los retardos procesales, las vejaciones que sufren sus familiares y la infraestructura. Un claro ejemplo de ello es que la mayoría de las huelgas de las personas privadas de libertad es porque mejoren estas situaciones.
 Ante toda esta realidad consideramos que es necesario:

1.      Abordar seriamente una política penitenciaria que involucre a todos los actores entre ellos al Poder Judicial, El Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, los Cuerpos Policiales, las personas privadas de libertad y sus familiares, las organizaciones no gubernamentales especialistas en el tema, a los empresarios y también a nuestras institución.
2.      Investigar de manera seria y efectiva los hechos de violencia ocurridos en los centros penitenciarios, con el objetivo de  establecer responsabilidades e informar  la verdad a la sociedad venezolana.
3.      Desarrollar una estrategia que permita la aplicación e implementación de los derechos que se encuentran garantizados a nivel constitucional y que son parte de las obligaciones del Estado.
4.      Implementar acciones y políticas concretas que tengan un impacto inmediato en la situación de riesgo en que se encuentran las personas privadas de libertad.
5.      Crear una política que permitan que el control de la cárcel vuelva a estar bajo la tutela del Estado.
6.      Denunciar la corrupción reinante abiertamente en los recintos penitenciarios.
7.      Solicitar que haya un desarme real de la población reclusa.
8.      Exigir al Estado que se le permita a las Organizaciones intermedias que realizan un trabajo de Ayuda Humanitaria a los privados y privadas de libertad seguir realizando su servicio a través de las visitas y el acompañamiento permanente.

POR ULTIMO MINISTRA VARELA  LE SOLICITAMOS NOS AUTORICE LA ENTRADA A LOS RECINTOS PENITENCIARIOS PARA SEGUIR ACOMPAÑANDO A NUESTROS HERMANAS Y HERMANOS  PRIVADOS DE LIBERTAD.

En Caracas 31 de octubre de 2012
Email: caritaslosteques@gmail.com

lunes, 29 de octubre de 2012

24 años sin justicia para El Amparo


Este 29 de octubre se cumplen 24 años de uno de los casos de violación a los derechos humanos más emblemáticos en la historia venezolana: La Masacre de El Amparo, 1988. Un hecho en el que fueron asesinados 14 pescadores por efectivos del Comando Específico José Antonio Páez (integrado por funcionarios de la Policía Técnica Judicial, la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención y miembros de las Fuerzas Armadas), en el sector conocido como Caño La Colorada del estado Apure, zona fronteriza con Colombia, en una operación denominada "Anguila III", creada por el gobierno para ese entonces de Jaime Lusinchi para luchar contra grupos subversivos colombianos.

Una vez perpetrada la matanza, los efectivos alegaron ante la justicia y la opinión pública que los pescadores eran guerrilleros colombianos que posiblemente estarían preparando acciones en territorio venezolano y que ellos habían actuado defendiendo la soberanía del país. Pero, gracias a que dos pescadores sobrevivieron a la masacre y con el acompañamiento de organizaciones de derechos humanos como Provea, los argumentos de los efectivos fueron desmontados ante instancias internacionales de protección a los derechos humanos, pues las víctimas al no encontrar justicia en el país presentaron su caso –junto con Provea– en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en 1990 y luego el SIDH, a solicitud de los representantes de las víctimas, lo elevó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 1994.

En 1995 el gobierno venezolano, presidido por Rafael Caldera, reconoció los hechos y asumió el compromiso de indemnizar a las víctimas. Con este reconocimiento, la CorteIDH dictó sentencia contra el Estado venezolano, convirtiéndose ésta en la primera contra Venezuela. En 1996 la Corte dictó una nueva sentencia donde el Estado quedó obligado a investigar y sancionar a los responsables así como indemnizar a las víctimas. En el gobierno de  Caldera se canceló casi la totalidad de la indemnización, el restante fue pagado bajo la gestión del Presidente Hugo Chávez. No obstante, los culpables de la masacre no han sido castigados.

Es así, como luego de 24 años el gobierno no ha sancionado a los culpables sino más bien los ha premiado postulándolos a cargos públicos de elección popular. Es el caso de Ramón Rodríguez Chacín candidato a la gobernación del estado Guárico, quien además ha ocupado dos veces el cargo como Ministro de Interior y Justicia. Es de recordar que Rodríguez Chacín es uno de los presuntos autores intelectuales de la masacre, pues formaba parte del Comando José Antonio Páez y además un testigo declaró ante la justicia militar que llevaba el caso que había sido citado por Rodríguez para preparar el enfrentamiento.

Desde Provea deploramos que el partido de gobierno, Partido Socialista Unido de Venezuela haya postulado a Chacín a la elección para la gobernación de Guárico. Su designación significa un aval a la impunidad y una contradicción del discurso oficialista de investigar y sancionar los crímenes del pasado. Exigimos al Ministerio Público que investigue al ciudadano Ramón Rodríguez en cumplimiento con la Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y otras Violaciones de los Derechos Humanos por Razones Políticas en el Período 1958-1998.

El año pasado Provea envió una comunicación a la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, para que se pronunciara sobre el caso El Amparo y solicitara una reunión con los sobrevivientes, familiares de las víctimas y sus representantes para dar información sobre el alcance de las investigaciones y las gestiones a realizar. Asimismo, le solicitamos el cronograma, ordenado por la Corte, que debía presentar el Estado venezolano sobre la información puntual, clara y exhaustiva sobre las gestiones que realizaría para investigar los hechos, identificar y, en su caso, sancionar a los responsables, las posibles fechas de tales gestiones y las instituciones o personas que las llevarían a cabo. Hasta la fecha, la Fiscalía no ha respondido la petición y el Estado no ha presentado el cronograma de trabajo que debe implementarse.

Foro por la Vida.
Provea

lunes, 1 de octubre de 2012

Comunicado: Tareas urgentes para garantizar los DDHH en Venezuela

Septiembre 2012
FORO POR LA VIDA, coalición de Organizaciones de Derechos Humanos de Venezuela, conformada el 15 de enero de 1997, con la misión de lograr la plena vigencia de los derechos humanos y contribuir al Estado de Derecho, cuya acción se fundamenta en los principios democráticos y en las normas de derechos humanos contenidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los instrumentos internacionales de los cuales el Estado es Parte, y la cual está dirigida a la promoción y defensa de los derechos humanos, a la vigilancia de los procesos políticos, jurídicos e institucionales conforme a sus contenidos y estándares, y a la exigibilidad de garantías universales y progresivas para el respeto y la realización plena de la dignidad humana de todas las personas, comunidades y grupos de la población venezolana.
Considerando, que el Presidente o Presidenta de la República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del Gobierno y es responsable de las obligaciones inherentes a su cargo, entre las cuales están procurar la garantía de los derechos y libertades de los venezolanos y venezolanas, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes; presentar los lineamientos generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación; y formular y ejecutar el Plan Nacional de Desarrollo;
Que corresponde al Ejecutivo, de conformidad con las competencias constitucionalmente atribuidas al Poder Público Nacional el diseño y ejecución de las políticas nacionales en materia de educación y salud, vivienda, seguridad alimentaria, ambiente, aguas, turismo, ordenación del territorio, fronteras, paz pública y recta aplicación de la ley, seguridad, defensa y desarrollo nacional, sistema de seguridad social y servicios públicos domiciliarios; y elaborar leyes de base en materias concurrentes con los Poderes Estadal y Municipal; así como apoyar la descentralización, mediante la transferencia de bienes y servicios del Poder Nacional a los Estados y Municipios, por intermedio del Consejo Federal de Gobierno, y
Que la República Bolivariana de Venezuela se constituye en un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, cuyos fines esenciales son la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y el bienestar de las y los ciudadanos y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.
Nos dirigimos a Ustedes, dadas las circunstancias que vive actualmente el país, en su condición de candidatos y candidatas a la elección presidencial, prevista por el Poder Electoral a celebrarse el día 7 de octubre, a objeto de presentarles la AGENDA DE TAREAS URGENTES PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS EN VENEZUELA, para su desarrollo y observancia en el marco de sus obligaciones y competencias constitucionales durante el ejercicio de sus cargos de representación popular, y en la cual,
 PROPONEMOS DE MANERA GENERAL, EN UN MARCO DE RESPETO AL ESTADO DE DERECHO Y A LA DEMOCRACIA PARA LOS PRÓXIMOS PERÍODOS CONSTITUCIONALES:
1. Impulsar por iniciativa del Ejecutivo, de acuerdo con los artículos 21, 25, 74, 204 (numeral 1) y 214 de la Constitución, solicitudes al Poder Legislativo y al Poder Judicial, la revisión, reforma y adecuación de la legislación nacional a los principios y garantías constitucionales y a las normas y estándares internacionales de derechos humanos, para que con ello se garantice la despenalización y eliminación de toda norma discriminatoria y privativa del ejercicio de libertades y de la igualdad del ejercicio de derechos ante la ley, que pueda estar contemplado en leyes orgánicas y especiales, y sus reglamentos, así como en el Código Orgánico Penal, Código Orgánico Procesal Penal, Código Civil y Código Orgánico de Justicia Militar.
 2. Incorporar de manera transversal en las políticas públicas, todas las obligaciones que en materia de derechos humanos deba cumplir el Estado venezolano y garantizar que los lineamientos y objetivos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, formulados por el Ejecutivo (artículo 187, numeral 8), así como del Plan Nacional de Desarrollo (artículo 236, numeral 18), a ejecutarse en el nuevo período constitucional, estén enmarcados en la Constitución y dispongan de las políticas, la legislación y recursos necesarios para darles efectivo cumplimiento, y que de igual forma ambos instrumentos dispongan la formulación de un Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos, de acuerdo con los compromisos adquiridos en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena (1993), los estándares de Naciones Unidas, así como consultado y ejecutado con la más amplia participación de las organizaciones de la sociedad civil.
 3. Aplicar la medidas pertinentes para reestructurar la organización y funcionamiento de los órganos e instituciones de la Administración Pública Nacional, Estadales y Municipales, así como redirigir y fortalecer las políticas públicas que así lo requieran, para garantizar a todas las personas, la universalidad y la igualdad de los derechos humanos, en concordancia con sus principios de progresividad y sin discriminación alguna; y que se garantice igualmente una participación universal, plural y democrática, una política nacional de descentralización que profundice la democracia y asegure la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales, la protección al ejercicio legítimo de la defensa de los derechos humanos; y el apoyo a la existencia de una sociedad civil que contribuya al fortalecimiento del estado de derecho y asegure la incidencia y fiscalización de las políticas públicas.
 4. Tomar las medidas correctivas para garantizar que el Poder Ejecutivo Nacional y los Poderes de Estados y Municipios, se abstengan de ejercer conductas de injerencia que menoscaben la independencia y autonomía del Poder Judicial y del Poder Ciudadano y Moral, específicamente el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, u obstaculicen el ejercicio de sus funciones garantes del derecho a una justica imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita; así como el deber de investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por funcionarios y autoridades públicas (artículo 29); y cumplan sin excepción el artículo 145 de la Constitución, que prohíbe a todo funcionario estar al servicio de una parcialidad política y obliga a un desempeño honesto, idóneo y eficiente de la función pública, así como el estricto respeto y garantía de los derechos humanos.
 PROPONEMOS DE MANERA ESPECÍFICA, PARA LA CONFORMACIÓN EFECTIVA, TRANSPARENTE Y ARTICULADA DE POLÍTICAS PÚBLICAS DIRIGIDAS A CUMPLIR CON EL RESPETO Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS: 
Derecho a la libertad de expresión e información
 1. Garantizar el cese de los ataques contra periodistas, ciudadanos y ciudadanas que ejerzan su derecho a la libertad de expresión, hacer pronunciamientos públicos en contra de la violencia; promover la investigación y sanción de los delitos; y garantizar la seguridad y la protección de los periodistas y de las personas en las manifestaciones públicas.
 2. Actuar con independencia e imparcialidad en la administración del espectro radioeléctrico y el otorgamiento de publicidad oficial; velando por que CONATEL sea una instancia independiente e imparcial, proponiendo reformas legislativas de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos y reconsiderando decisiones que afectaron el contenido y alcance de la libertad de expresión.
3. Proponer la adecuación de la legislación penal para eliminar los delitos de difamación, vilipendio y desacato; incluyendo la reforma del Código Penal y del Código Orgánico de Justicia Militar, y proponer una legislación que garantice el ejercicio del derecho a réplica y rectificación en los medios de comunicación.
 4. Garantizar el derecho de acceso a la información pública a través de la promoción de leyes nacionales y estadales así como de ordenanzas de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la adecuación de instrumentos administrativos y la propuesta de reforma legislativa de normas de opacidad; fomentando una cultura de transparencia y rendición de cuentas; sancionando a los funcionarios que obstaculicen este derecho; y garantizando el libre acceso de los periodistas a los lugares de información pública.
 5. Evitar la realización de las cadenas de radio y televisión y establecer que su uso sólo podrá hacerse de manera excepcional, en aquellos casos que este mecanismo sea el único que permita informar sobre temas relativos a la salud, orden público o seguridad de la nación.
 6. Garantizar que los medios públicos promuevan la pluralidad de opinión e información y no estén al servicio del gobierno ni sean utilizados para desacreditar a periodistas, personalidades y medios críticos; promoviendo una ley que regule los medios públicos; garantizando un presupuesto suficiente a estos medios y la independencia de sus directivos.
7. Despenalizar el derecho a la manifestación pacífica, impulsando la eliminación de los artículos 284, 286, 297 y 358, artículos 508 a 509 y artículos 128 y 140 del Código Orgánico Penal; así como los artículos 47, 48, 49, 50, 53 y 56 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación; 139 y 141 de la Ley para la defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios; y 20, 24 y 25 de la Ley especial de Defensa Popular contra el Acaparamiento, el Boicot; y abstenerse de utilizar la fuerza pública y procedimientos judiciales para criminalizar a personas que participan en protestas pacíficas.
 Derecho a la libertad de asociación y a la participación
1. Impulsar la derogación de toda legislación restrictiva de la libertad de asociación en cualquier ámbito (social, cultural, político, gremial o sindical, u otros), y que limite o condicione la autonomía de las organizaciones constituidas en la libre consecución de sus fines, o criminalice la recepción de fondos de la cooperación internacional.
2. Garantizar conductas institucionales de respeto y protección del derecho de los ciudadanos y de las organizaciones de la sociedad civil a la defensa de los derechos humanos; coadyuvar en su ejercicio y actuar diligentemente para remover obstáculos que impidan esta labor.
 3. Promover el diálogo permanente con los ciudadanos y la sociedad civil, impulsar el desarrollo legislativo de los medios de participación establecidos en el artículo 70 de la Constitución, y apoyar la participación ciudadana sin condicionamientos en las decisiones públicas y en el libre desempeño de las legítimas tareas de contraloría de la gestión gubernamental.
4. Girar instrucciones inequívocas de prohibición de conductas o uso de cualquier medida de coacción, intimidación, condicionamiento o discriminación de ciudadanos o de funcionarios, por razones de parcialidad política, resguardando los datos que sobre sus actividades o vida privada obtenga el Estado en el ejercicio legal de sus funciones, evitando cualquier situación similar a la llamada “Lista Tascón”.
 Derecho a la justicia
 1. Eliminar la facultad del Ejecutivo de nombrar y destituir los fiscales y jueces militares.
 2. Desaplicar e impulsar la derogatoria del artículo54, ordinales 1, 2 y 3 y artículo 55 del Código Orgánico de Justicia Militar.
 3. Garantizar la suspensión de funcionarios de cuerpos policiales y militares indiciados de participar en la muerte, tortura o desaparición de un ciudadano o ciudadana durante la investigación de los casos, como medida administrativa preventiva por la violación de derechos humanos.
 4. Garantizar la elección de jueces en conformidad con el mandato constitucional que establece la convocatoria a concursos públicos.
 5. Fortalecer las Unidades Criminalísticas de Derechos Fundamentales del Ministerio Publico para dar mayor celeridad a investigaciones en las que están incursos funcionarios policiales.
 6. Erradicar todas las formas de discriminación en la investigación y administración de justicia que afectan a las poblaciones en situación de vulnerabilidad, tales como: niños, niñas y adolescentes, y mujeres víctimas de violencia, personas con VIH, personas de la diversidad sexual, trabajadores y trabajadoras sexuales, consumidores y consumidoras de droga, adultos en situación de indigencia, sindicalistas, personas privadas de libertad por el Estado y ex – internos y ex – internas.
 Derecho a las garantías institucionales internacionales
1. Retirar la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos y de la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con respecto a Venezuela, dado que los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por el Estado venezolano, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno; así como toda persona tiene derecho a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos.
2. Acatar las sentencias de los tribunales internacionales de protección a los derechos humanos, cumpliendo de manera expedita las decisiones tal y como lo expresa la Constitución.
3. Garantizar la transparencia y la participación de la sociedad civil en la elaboración de informes a cargo de la Cancillería de la República, para los órganos de supervisión de los tratados suscritos por Venezuela.
 4. Ratificar convenios internacionales pendientes en materia de derechos humanos y refugio; y cumplir a cabalidad con las recomendaciones, resoluciones y sentencias de los órganos internacionales y regionales de protección de los derechos humanos, sin alegar injerencia en asuntos internos o vulneración de la soberanía.
5. Permitir el acceso al país a representantes de los órganos internacionales y regionales de protección de los derechos humanos.
 Educación en derechos humanos
1. Retomar y culminar el proceso de elaboración de un Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos, iniciado en 2003, conforme a los lineamientos de las Naciones Unidas, el Pacto Interamericano para la Educación en Derechos Humanos y las directrices del Grupo de Trabajo sobre Educación y Cultura en Derechos Humanos (EDUCDDHH) del Mercosur.
2. Desarrollar una base de datos estadística y de diagnósticos sobre la situación de la convivencia y violencia escolar, que permitan la interpretación y seguimiento del fenómeno y aseguren una previsión presupuestaria específica para el desarrollo de políticas de prevención de la violencia escolar, así como impulsar el desarrollo de una normativa general para la elaboración de los códigos de convivencia escolar.
3. Promover e implementar un programa de gobierno estudiantil basado en principios y contenidos de educación en derechos humanos.
4. Desarrollar un programa de formación docente que incorpore la educación en derechos humanos y adecue los principios pedagógicos a una concepción de la educación incluyente, democrática y participativa, de igualdad y equidad.
5. Actualizar la curricula escolar en educación preescolar, primaria y secundaria a objeto de eliminar los criterios discriminatorios por razón de género y cualquier otra característica presente en ellos.
 Derecho a la seguridad ciudadana
1. Promover un debate y diálogo nacional con todos los actores sobre normas y políticas públicas para afrontar la criminalidad de manera democrática y con respeto a los derechos humanos.
 2. Garantizar el diseño, implantación y ejecución de un programa de control de armas y desarme como política para lograr la seguridad ciudadana.
 3. Diseñar y ejecutar políticas que propicien el fin de la impunidad como garantía de justicia y el resarcimiento de las víctimas secundarias de la violencia criminal y de género.
 4. Ajustar la formación y los planes operativos de los cuerpos de seguridad a fin de controlar su actuación en el terreno para prevenir y evitar que se produzcan abusos por uso excesivo e indebido de la fuerza y armas de fuego, y garantizar el carácter civil de los cuerpos policiales.
5. Impulsar la reforma del Código Orgánico Procesal Penal para que el CICPC (Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas) se separe estructural y funcionalmente del Poder Ejecutivo; así como asegurar que limite sus funciones a la investigación técnica y científica.
6. Garantizar que las Fuerzas Armadas no participen en actividades de seguridad ciudadana, salvo situaciones excepcionales.
 7. Eliminar las normas que organizan y conforman los Cuerpos de Milicianos o Combatientes Armados en los sectores públicos y privados para la defensa integral de la nación como función de la Milicia Nacional Bolivariana.
 8. Promover garantías de protección a las y los sobrevivientes de las víctimas de la criminalidad y de la violencia de género, y la asistencia para la superación de los traumas producto del hecho violento, a fin de frenar el desarrollo de nuevas carreras de violencia.
 Derecho a la seguridad social, a la salud, al trabajo, a una pensión y a la vivienda
 1. Solicitar la aprobación de las leyes de los regímenes prestacionales de salud y pensiones del sistema de seguridad social; y garantizar el derecho al trabajo y a la universalidad de la seguridad social, incluyendo a las amas de casa.
 2. Proponer y solicitar la aprobación de la ley orgánica de salud e implementar de manera urgente el Sistema Público Nacional de Salud, garantizando una atención a la salud universal y de gestión descentralizada, accesible y oportuna, de acuerdo con los estándares internacionales, y las políticas de prevención, acceso a bienes y servicios, y de calidad de vida asociadas a la salud.
3. Garantizar el financiamiento y desarrollar las políticas de vigilancia, prevención, acceso universal a tratamientos y atención a la salud de las personas con VIH, ITS y otras condiciones de salud crónicas, erradicando toda forma de discriminación que afecte la igualdad y universalidad del derecho a la salud.
 4. Convocar y apoyar a una comisión académica plural para que realice una investigación sobre el fenómeno de la violencia entre trabajadores y elabore, en consulta con trabajadores y trabajadoras, propuestas de prevención de la violencia.
5. Brindar las soluciones legales y administrativas necesarias, para eliminar las violaciones a los derechos laborales de las mujeres, sobre todo en materia de salarios y acceso al empleo remunerado.
6. Asegurar que los desarrollos habitacionales cumplan con los criterios establecidos en la Observación General N° 4 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, sobre el derecho a una vivienda adecuada.
7. Garantizar, en la medida en que sean aplicables, condiciones similares a las establecidas en la Observación General N° 4, a las personas y grupos familiares que se encuentren temporalmente albergados en refugios como consecuencia de desastres naturales.
 Derechos de los niños, niñas y adolescentes NNA
 1. Elaborar un Plan Nacional para la Protección Integral de los Derechos de NNA con base en la Convención sobre los Derechos del Niño y crear un Sistema Estadístico Nacional en materia de Infancia y Adolescencia.
 2. Desarrollar políticas públicas dirigidas a promover la convivencia y disminuir la violencia que afecta a NNA, mediante la articulación y fortalecimiento del Sistema Rector Nacional de Protección Integral en sus distintos niveles, con la participación de NNA y la comunidad.
 3. Adoptar políticas y planes para elevar la calidad de la educación con igualdad y equidad, monitoreando el logro de las competencias curriculares establecidas para cada nivel, modalidad o programa educativo. 
Derechos de las mujeres
 1. Impulsar la revisión del Código Orgánico Penal a fin de eliminar de su articulado las disposiciones que atentan contra la integridad de los derechos humanos de las mujeres.
2. Rescatar para su revisión, actualización y completa aprobación el Proyecto de Ley de Igualdad y Equidad de Género, como política del Estado Venezolano que establezca el principio de la tranversalidad de la Igualdad de Género en todas las políticas públicas.
3. Diseñar y ejecutar un Plan Nacional para la Igualdad y Equidad de género que se inserte en el Plan de la Nación y que incluya la prevención y atención de la violencia contra las mujeres.
4. Elaborar el Reglamento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
5. Desarrollar las políticas, servicios y recursos, así como impulsar las leyes necesarias, para garantizar el respeto efectivo al principio constitucional de igualdad en todas las esferas de la vida de mujeres y hombres.
6. Garantizar la efectiva factibilidad administrativa y financiera de la aplicación de la Ley del derecho de las mujeres a vivir sin violencia, sobre la base de los principios de igualdad y no discriminación; así como la reparación a las víctimas.
 7. Garantizar el derecho a la participación política de las mujeres en igualdad de condiciones con los hombres, aplicando la paridad y la alternabilidad en los procesos para la elección a cargos de representación popular.
 Derechos de los refugiados, trabajadores migrantes y sus familias
1. Asegurar la obtención de documentos adecuados que permitan la identificación de las personas que solicitan refugio en Venezuela y los refugiados reconocidos.
 2. Decidir las solicitudes de refugio en el plazo previsto por la ley y razonar suficientemente las solicitudes rechazadas, con el objeto de asegurar el derecho a reconsideración.
 3. Poner al día la Memoria y Cuenta del Consejo Nacional de Refugiados.
 4. Realizar de un censo público y transparente para la población migrante en condiciones de irregularidad en Venezuela a los fines de elaborar una estrategia de regularización de la misma.
5. Implementar una nueva política migratoria nacional que incluya reformas legales, programas y políticas públicas, bajo un enfoque de derechos humanos que reconozca la complejidad de los flujos mixtos y vulnerabilidad de grupos especiales de migrantes que ingresan al país.
 Derechos de los pueblos indígenas
 1. Dar cumplimiento, en un plazo no mayor de un año, al compromiso constitucional de demarcación de territorios, previsto en el artículo 119 y en la disposición transitoria decimosegunda de la Constitución, asegurando la participación de los pueblos indígenas involucrados.
2. Desarrollar un plan que asegure la protección de los territorios indígenas contra incursiones de terceros.
 Derecho de las personas privadas de libertad
1. Garantizar la protección del derecho a la vida de las personas que se encuentren privadas de libertad y el pleno goce y ejercicio de todos los derechos humanos de la población reclusa.
 2. Impulsar la derogación de los artículos reformados del Código Orgánico Procesal Penal a fin de restituir derechos vulnerados a procesados y penados, la asistencia de organizaciones de derechos humanos y su acción contra violaciones de derechos humanos cometidas por funcionarios; la participación ciudadana en la justicia penal, y la garantía de jueces independientes e imparciales, que cumplan el derecho y la ley.
3. Elaborar un Plan Nacional de Reordenamiento del Sistema Penitenciario, donde se fijen las políticas a corto, mediano y largo plazo, con el fin de redefinirlo y adecuarlo a la Constitución y a las normas internacionales. En particular las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, el Conjunto de Principios para la Protección de todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión y los Principios Básicos para el Tratamiento de los Reclusos de Naciones Unidas.
 4. Garantizar condiciones aptas para el trabajo, el estudio, la cultura, el deporte y la recreación en la infraestructura penitenciaria, con la implementación de un programa de tratamiento que garantice la reinserción social de las personas privadas de libertad una vez que recuperen ésta, priorizando en todo momento las modalidades de régimen abierto y de colonia agrícola.
 Derecho al reconocimiento, igualdad de derechos y no discriminación de las personas LGBTTT
 1. ImIpulsar las leyes necesarias y la reforma del Código Civil y Código Orgánico Penal para garantizar el derecho personalísimo a la identidad de género, mediante el libre cambio de nombre y sexo; y el derecho a la plena igualdad legal de las personas sexo-diversas en materia de uniones y adopciones, acceso a la salud, al trabajo, a la educación, a la vivienda, a la seguridad y a la protección social, sin discriminación alguna.
 2. Dictar una norma ejecutiva para toda la Administración Pública Nacional de respeto, plena garantía y protección de los derechos humanos de las personas sexo-diversas en las políticas y servicios públicos, y solicitar a los demás poderes públicos (judicial, electoral, ciudadano, estatal y municipal) su adhesión a la norma o la producción de normas similares en sus respectivos ámbitos.