lunes, 1 de julio de 2013

Medios públicos

Espacio Público
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Los medios públicos, aquellos que dependen de los Estados, constituyen un extraordinario instrumento para asegurar la pluralidad y la diversidad en las sociedades democráticas. Medios que deben estar al servicio del universo de la personas de un determinado país. Para poder cumplir este papel los medios públicos deben dejar ser plataformas de propaganda gubernamental o del partido de gobierno.
El Sistema Bolivariano de Comunicación e Información (SIBCI) es la nueva nomenclatura que sustituyó al anterior Sistema Nacional de Medios Públicos (SNMP) establecido en el Decreto N° 9.422 que aparece en la Gaceta Oficial N° 40.130 del 18 de marzo de 2013.  En este decreto se crea el Comando Superior de la Comunicación y la Información como ente responsable de la definición de las líneas estratégicas de la comunicación del Estado. Este Comando estará conformado por altos funcionarios gubernamentales junto a algunos expertos. Todos los expertos designados son militantes o cercanos al partido de gobierno. Todo ello desnuda un propósito asociado a los intereses del gobierno nacional.
El cambio de la denominación no apunta a una vocación de servicio universal,  la estructura de gobierno que se establece lo reafirma al apartarse de una gestión independiente de las estructuras gubernamentales y partidarias. La perspectiva editorial de los medios del SIBCI es abiertamente sesgada y funcional a las descalificaciones permanentes para todos los sectores de la sociedad que asomen alguna crítica a la gestión pública del gobierno.
En el desarrollo de la doctrina del Derecho Internacional de los Derechos Humanos se considera que los medios públicos deben desempeñar un papel fundamental para proveer contenidos no comerciales, de alta calidad y con  una estrecha relación con las aspiraciones informativas, educativas y culturales de la población en su conjunto. De acuerdo a la Relatoría de la Libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos esto exige “medios públicos independientes del Poder Ejecutivo; verdaderamente pluralistas; universalmente accesibles; con financiamiento adecuado al mandato previsto por la ley; y que contemplen mecanismos de rendición de cuentas y de participación de la comunidad en las distintas instancias de producción, circulación y recepción de contenidos.”.
Estos estándares fueron también resaltados por los los relatores especiales para la libertad de expresión de la ONU, la OEA, la OSCE y la Comisión Africana que el año 2007, sostuvieron que…“El mandato de los medios públicos debe estar claramente establecido por ley y debe incluir, entre otros, el contribuir a la diversidad, la cual debe ir más allá de ofrecer diferentes tipos de programación, dar voz a y satisfacer las necesidades de información e intereses de todos los sectores de la sociedad.”
Lejos estamos del horizonte establecido por el derecho internacional de los derechos humanos para los medios públicos y las nuevas estructuras burocráticas creadas reafirman la exclusión de amplios sectores de la sociedad. Las audiencias no son tontas y ese sesgo lo castiga con el desdén a sus programas; pero ello no es suficiente, a fin de cuentas se usan recursos de toda la nación en beneficio de una parcela. Así que mientras tanto no son medios públicos, sino plataformas funcionales al gobierno, es decir a solo  una parcela de la sociedad venezolana.

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