Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres
En el ámbito internacional se han
concretado avances en la lucha contra la violencia hacia las mujeres; se
establecieron los derechos de la mujer como derechos humanos y la lucha contra
la violencia de género se ubicó en la agenda internacional como un lineamiento
de acción de carácter supranacional. No se discute que el derecho a la vida y a
la integridad física resulta fundamental en la lista de los derechos
reconocidos en tratados internacionales. Sin éste, de nada sirve extenderse en
derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, que
necesariamente requieren el substrato de la vida y la salud.
En Venezuela desde
1998 se promulga la Ley sobre la
Violencia contra la Mujer y la Familia y la Ley Orgánica Sobre el Derecho de
las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
está vigente desde el 2007. El sistema de cultura patriarcal y las desigualdades
de género aun subsisten, y se hace evidente en la puesta en práctica de los
sistemas jurídicos.
La ley en su texto crea una serie de instancias del Sistema
de Justicia para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de
violencias: Tribunales y fiscales especializados con competencia en violencia
contra la mujer y sus equipos multidisciplinarios, unidades de atención a la
víctima y establece medidas de protección y de seguridad transitorias a favor
de las mujeres, que dictan los órganos receptores de denuncias; se amplía el
concepto de flagrancia que se extiende hasta 24 horas después de acontecido el
hecho, permitiendo la aprehensión del presunto agresor.
Las sanciones son
prisión, multas y trabajo comunitario, dependiendo de la gravedad del delito;
se enfatiza en el aspecto preventivo, de orientación y educación. Los mayores inconvenientes de la
ley, residen en su aplicación, se han denunciado fallas reiteradas de violación
del contenido y espíritu de la Ley, sobre las cuales el Observatorio Venezolano
de los Derechos Humanos de las Mujeres ha venido construyendo, a nivel
nacional, un expediente de casos concretos para apoyar las apreciaciones que se
señalan a continuación:
No es una realidad la garantía establecida en la ley,
en el sentido que los autores de actos de violencia contra la mujer sean
enjuiciados y sancionados; el acceso a la asistencia jurídica gratuita
garantizada en la Constitución es insuficiente para las mujeres de todo el
país; las citas para apoyo y asesoría legal, son retardadas, tanto por parte de
entes gubernamentales como de
las ONG que se encuentran colmadas
de casos; ausencia de reglamento de aplicación; obstáculos para el
enjuiciamiento y penalización a los autores de los delitos de violencia, por
inadecuada interpretación de la ley por parte de los jueces y de los fiscales
especializados, lo que ocasiona diferimientos injustificados de audiencias,
sobreseimiento de la causa y los archivos fiscales y judiciales; se le solicita a las víctimas, la
presentación de informes psicológicos y psiquiátricos para dar curso a la
denuncia y en algunos casos, para dictar las medidas de protección y seguridad
y, los organismos encargados de practicar estos informes demoran, por exceso de
trabajo, en remitirlos al Fiscal, lo que conlleva a que un alto porcentaje de
denuncias por violencia contra la mujer al Ministerio Público, culminen sin
llegar a judicialización, pues pasados cuatro meses de la denuncia, solicitan
el archivo judicial y el sobreseimiento de la causa al juez por falta de
pruebas; se identifica un incremento del feminicidio en Venezuela, que
constituye la máxima expresión de violencia contra las mujeres.
En Venezuela no
hay estadísticas oficiales sobre feminicidio, y según cifras divulgadas por el
Gobierno en marzo pasado, en 2012 se registraron en el país 16.072 asesinatos,
un 14 % más que el año anterior. Toda esta situación se refleja en una
alarmante impunidad en casos de violencia, sólo un tercio de los casos
tramitados judicialmente por violencia contra la mujer han tenido una
sentencia.
Esta información coincide con lo señalado por las ONG adscritas al
Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres, según las
cuales sólo un pequeño porcentaje de los casos denunciados en el Ministerio Público
llega a los Tribunales y de ellos una minoría consigue sanción legal.
A pesar
de los avances legislativos, el gran desafío sigue siendo su implementación, la
creación de condiciones concretas para el ejercicio de los derechos,
especialmente en lo que se refiere al acceso a la justicia de las mujeres y la
sanción oportuna y adecuada de la violencia, de otra manera, seguirá imperando
la impunidad.
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