lunes, 5 de agosto de 2013

La Sentencia Campo Algodonero un reto que Venezuela debería enfrentar

COFAVIC
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La histórica sentencia de Campo Algodonero que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el 2009,  sobre la desaparición y ulterior muerte de jóvenes mexicanas, encontradas en un campo algodonero de Ciudad Juárez, configura un reto de justicia no sólo para el Estado Mexicano, sino para todo el hemisferio.

En Venezuela, dolorosamente hay un aumento muy sustantivo de los casos de violencia contra la mujer y lamentablemente, también, en paralelo hay una impunidad agudizada por el déficit institucional y el aumento de la violencia generalizada en el país, que ya comienza a afectar a las mujeres de manera directa y pronunciada.

Este año, en varias ciudades del país, se ha registrado un número inusual de asesinatos en contra de mujeres, que revelan un grave ensañamiento y una invisibilización propia de mecanismos de impunidad institucionalizados en el país.

Las víctimas de la sentencia Campo Algodonero eran mujeres jóvenes de 15 a 25 años de edad, que vivían en Ciudad Juárez, México. Diversos informes establecen factores en común en varios de los homicidios: las mujeres son secuestradas, sus familiares denuncian su desaparición y luego de días o meses sus cadáveres son encontrados en terrenos baldíos con signos de violencia, incluyendo violación u otros tipos de abusos sexuales, tortura y mutilaciones.

En esta sentencia, se responsabiliza al Estado Mexicano por “la falta de medidas de protección a las víctimas; la falta de prevención de estos crímenes, pese al pleno conocimiento de la existencia de un patrón de violencia de género. Distintos informes coinciden en que aunque los motivos y los perpetradores de los homicidios en Ciudad Juárez son diversos, muchos casos tratan de violencia de género que ocurre en un contexto de discriminación sistemática contra la mujer”.

En el caso Campo Algodonero por primera vez la Corte Interamericana se pronuncia expresamente sobre la obligación de los Estados de cumplir con la Convención Belem do Pará, a través de su artículo 7.
La Corte Interamericana recuerda que la impunidad fomenta la repetición de las violaciones de derechos humanos. Una vez que las autoridades estatales tengan conocimiento del hecho, deben iniciar de oficio y sin dilación, una investigación seria, imparcial y efectiva para la determinación de la verdad.

Según criterio de la Corte Interamericana, las autoridades estatales que conducen una investigación deben intentar como mínimo: I) identificar a la víctima; II) recuperar y preservar el material probatorio relacionado; III) identificar posibles testigos y obtener sus declaraciones; IV) determinar la causa, forma, lugar y momento de la muerte, así como cualquier patrón o práctica que pueda haber causado la muerte, y V) distinguir entre muerte natural, muerte accidental, suicidio y homicidio.


 Los casos recientes de restos de una mujer asesinada en el río Guaire en Caracas, los asesinatos de mujeres en el Zulia y otras regiones deben ser investigados, de manera diligente y con respuestas conclusivas. Invisibilizar estos casos por parte de las autoridades no sólo es un acto de complicidad, sino es el camino para multiplicarlos con la aquiescencia del Estado. Como bien, lo indicó la Relatora sobre la Violencia contra la Mujer de la ONU: “la violencia contra la mujer sólo puede entenderse en el contexto de “una desigualdad de género arraigada en la sociedad”.

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