Acción Solidaria
@AccionSolidaria
“Libres e iguales”, es la campaña mundial que el pasado mes de
julio lanzó las Naciones Unidas por la igualdad de derechos de las personas lesbianas,
gays, bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI), con la meta de poner fin a los
discursos, actitudes y prácticas de odio, intolerancia, violencia y
discriminación a las que son sometidas. En 2008, Venezuela firmó junto con 65
países una declaración ante la Asamblea General de la ONU, en la que reafirmaron
el principio de no discriminación, que exige que los derechos humanos se
apliquen por igual a todos los seres humanos, y condenaron las violaciones de
derechos y libertades basadas en la orientación sexual y la identidad de
género, por actos de estigmatización, prejuicio, acoso, discriminación y violencia.
En América Latina, Uruguay, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador,
México, Perú han promulgado leyes y desarrollado políticas dirigidas a
garantizar a las personas sexo-diversas el ejercicio de derechos. Venezuela todavía
no ha hecho ningún tipo de avance.
La libertad y la igualdad en el reconocimiento, goce y ejercicio
de los derechos humanos, son para todas las personas, sin distinción alguna. De
eso se trata cuando los Estados adoptan legislaciones y medidas para garantizar
que las personas LGBTI sean respetadas y protegidas en su dignidad y ejerzan
los mismos derechos que todas las personas. Ningún particular, mucho menos
agentes o funcionarios del Estado, que son responsables de la protección de
todos los ciudadanos bajo su jurisdicción, pueden negar, restringir o
menoscabar la dignidad y los derechos humanos de ninguna persona. ¿De qué
derechos humanos y de qué igualdad no gozan las personas LGBTI en Venezuela?:
·
Del derecho a ser protegidas de
discursos de odio, crueles y degradantes; de prácticas de intimidación y
hostigamiento, de detenciones arbitrarias y de agresiones o ataques.
·
Del derecho a vivir en un
ambiente social, político y cultural, libre de prejuicios, estigmas y
estereotipos falsos, difamatorios y denigrantes sobre la condición de las
personas sexo-diversas.
·
Del derecho a no ser molestadas
o censuradas por expresarse libremente en sus ideas y opiniones sobre asuntos públicos
o en aquellos que conciernen a sus derechos.
·
Del derecho a la identidad,
como derecho personalísimo, y del cual depende ejercer otros derechos en
igualdad y con justicia bajo el amparo de las leyes, y participar en la vida
civil, económica y política.
·
Del derecho a la salud, a
educarse, a casarse, a tener un trabajo y una vivienda digna, a la protección
del matrimonio y a la de su familia.
·
Del derecho a no ser
discriminadas por su identidad y expresión de género o por su orientación
sexual, a través de privaciones, distinciones, restricciones o disparidades en los
derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra la
universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, lo
que significa que no puede existir un goce parcial de derechos, ni tampoco un
ejercicio restrictivo de ellos. Asimismo, la Constitución prohíbe toda práctica
que pueda anular o menoscabar cualquier derecho y establece su carácter
progresivo, lo que permite ampliar toda garantía en tanto ello sea favorable a
su ejercicio universal. El Estado venezolano tiene el deber de honrar sus
compromisos internacionales con los derechos de las personas LGBTI y cumplir lo
antes posible las disposiciones constitucionales que permitan garantizarlos,
tomando entre otras medidas las siguientes:
·
Dictar normas y capacitar a
los funcionarios de todos los poderes, instituciones y servicios públicos, en el
respeto y protección de los derechos de las personas sexo-diversas.
·
Realizar campañas contra la
discriminación por identidad y expresión de género y orientación sexual.
·
Promulgar leyes
antidiscriminatorias y establecer mecanismos para hacerlas cumplir; y revisar
toda legislación que excluya o discrimine a las personas sexo-diversas en el
ejercicio de derechos.
·
Crear una Defensoría Especial
en Derechos de las Personas Sexo-diversas en la Defensoría del Pueblo.
·
Reformar la Ley Orgánica de
Registro Civil para permitir el cambio de nombre y sexo de las personas
sexo-diversas, así como el matrimonio civil entre personas de igual sexo y su
igualdad legal.
·
Desarrollar políticas en el
sistema educativo público y privado para erradicar la discriminación y el acoso
escolar por identidad y expresión de género y orientación sexual.
·
Abolir cualquier tipo de
tratamiento quirúrgico de normalización de niños inter-sexuados.