(Caracas, 15.02.14) Las organizaciones no- gubernamentales de
derechos humanos que suscribimos el presente pronunciamiento, integrantes de la
coalición “Foro por la Vida”, expresamos nuestra profunda preocupación ante diversas acciones represivas del Estado
venezolano en el contexto de las manifestaciones estudiantiles que se han
realizado en los últimos días en diversas regiones de Venezuela.
El Estado está en el deber de prevenir las violaciones a
los derechos humanos, de investigar con los medios a su alcance las violaciones
que se hayan cometido a fin de identificar a los responsables, imponer las
sanciones pertinentes y asegurar a las víctimas una adecuada reparación. El
ejercicio de la función pública tiene unos límites que derivan de que los
derechos humanos son atributos inherentes a la dignidad humana y, en
consecuencia, superiores al poder del Estado.
Si bien las organizaciones
que suscribimos este comunicado reconocemos la obligación del Estado de
mantener el orden público, debemos recordar firmemente que esta
responsabilidad debe realizarse en
estricto cumplimiento de nuestra
Constitución y de los estándares internacionales
en esta materia, tal y como se ha
establecido en los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas
de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, adoptados por
la Organización de Naciones Unidas.
Todas
las medidas de restablecimiento del orden deben ser compatibles con los
derechos humanos y los principios de una sociedad democrática. Tal y como lo
establece el artículo 332 de nuestra
Constitución: “Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán
la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna”.
El
Estado venezolano está en la obligación constitucional de adecuar sus planes
operativos de control del orden público al establecimiento del orden,
disponiendo de diversos medios para el uso diferenciado de la fuerza,
manteniendo el funcionamiento independiente del Poder Judicial,respetando y
garantizando el debido proceso y la garantías judiciales de todas las personas,
elaborando técnicas de control de multitudes que reduzcan al mínimo la necesidad
de recurrir a la fuerza, empleando técnicas de persuasión, mediación y
negociación; así como cumpliendo la prohibición constitucional del uso de armas de fuego y sustancias
tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas, tal y como está consagrado
en el artículo 68 de nuestra Constitución.
Las
organizaciones de derechos humanos queremos ratificar el derecho que tienen
todas las personas de ejercer su derecho a la manifestación de manera pacífica,
tal como se encuentra consagrado en el artículo 68 de la CRBV. Rechazamos las
pretensiones del primer mandatario de condicionar su ejercicio a la obtención
de un "permiso" gubernamental, requisito que contradice la
Constitución y las normativas vigentes, como la Ley de Partidos Políticos,
reuniones y manifestaciones públicas, así como la interpretación de la
normativa internacional realizada por la Organización de Naciones Unidas.
En
consecuencia, rechazamos la política de criminalización de la protesta
profundizada tras los acontecimientos del 12 de febrero de 2014, los cuales
incluyen la presencia de agentes de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) y
Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) armados en las manifestaciones,
el uso de cuerpos parapoliciales para disuadir o disolver las manifestaciones
con armas de fuego, el uso de sustancias tóxicas prohibidas en la
manifestación, la detención arbitraria de centenares de personas, las
humillaciones y maltratos recibidas por las personas privadas de libertad, la
no información a sus familiares sobre el sitio y las condiciones de su
retención, la incomunicación de manifestantes detenidos y la aplicación para un
sector de los detenidos de regímenes de presentación en tribunales. El Ejecutivo
Nacional tiene la responsabilidad de garantizar la vida e integridad de todas
las personas que deseen manifestar tanto su apoyo como cuestionamientos a las
políticas oficiales. Asimismo, debe investigar y sancionar a los responsables
de los tres asesinatos ocurridos en el contexto de las manifestaciones del
pasado 12 de febrero.
La
ausencia de información en los contextos de manifestaciones masivas contribuye
a generar incertidumbre y afecta sustantivamente el derecho a la información.
La política sistemática de restricciones a la libertad de expresión contribuye
al efecto de silenciar y censurar las
informaciones y a sostener la autocensura y el miedo. Especialmente grave es la
práctica de los funcionarios policiales y militares de censurar imágenes
obtenidas por reporteros y ciudadanos o decomisar ilegalmente equipos de
fotografía y video. Muchas veces estos hechos ocurren en el contexto de la
represión a manifestantes o ciudadanos.
La
progresiva descalificación, represión y criminalización de las manifestaciones
es signo inequívoco de la desinstitucionalización del Estado venezolano que
violenta las garantías de este derecho. Las personas se movilizan ante la
ausencia de respuestas en las instituciones y son obligadas a reivindicar
derechos en las calles. Pretender acallar y castigar las manifestaciones es una
práctica que castiga doblemente a quienes se siente marginalizados por el
Estado.
Las
ONGs recordamos a las autoridades que tienen el deber de investigar de oficio y de manera inmediata
la posible comisión del delito de tortura, el cual es un crimen de lesa
humanidad de carácter imprescriptible. Asimismo,
instamos al Estado al estricto cumplimiento del deber de identificar, ubicar
plenamente a las personas detenidas y darles a acceso inmediato a sus abogados
y familiares y mantener a los detenidos en sitios legales de detención. El
incumplimiento de estos preceptos y principios configura el crimen de
desaparición forzada de personas, expresamente prohibido por nuestra
Constitución y el cual, también, constituye un crimen de lesa humanidad de
carácter imprescriptible.
Las
ONGs expresamos públicamente nuestro
firme rechazo al manejo totalmente inadecuado por parte de altos voceros del
Poder Ejecutivo sobre las evidencias que se han recabado en los procesos de
investigación que deberían estar conducidos únicamente por el Ministerio Público y los
órganos jurisdiccionales competentes. Con la presentación de esta información
ante los medios de comunicación a nivel nacional e internacional, se han
violado los estándares mínimos de investigación a que obligan el debido proceso
y las garantías judiciales. Al mostrarse públicamente, tal y como lo hicieron
el día jueves 13 de febrero, el Gobernador del Estado Aragua y el Sr.
Presidente de la República, posibles
armas utilizadas por los presuntos responsables de los crímenes, resultados
balísticos o planimétricos, expresamente
se ha roto la cadena de custodia de pruebas fundamentales en casos de
investigaciones de graves violaciones de los derechos humanos.[1]
Asimismo,
las ONGs vemos con especial preocupación la postura claramente prejuiciada a
muy poco tiempo de haber ocurrido los hechos frente a la sede del Ministerio
Público, que ha manifestado públicamente la Fiscal General de la República,
acompañada del Ministro del Interior, Justicia y Paz y el Alcalde del Municipio
Libertador. En los actuales momentos, el país vive una acentuada polarización y
violencia, y por ello la legitimidad y credibilidad sobre las decisiones que se
produzcan y que las mismas correspondan a la aplicación objetiva de la justicia
es un elemento enormemente pacificador y conciliador.
Por
ello, creemos que dado que la Fiscal General se ha considerado víctima por las
presuntas agresiones cometidas en contra de su Despacho, ha calificado los
hechos antes de producirse las investigaciones y se ha inclinado a una
parcialidad, casi automáticamente, al determinar algunas responsabilidades en
los mismos, abandonando la obligación que por principios se deriva de su
mandato de actuar de manera independiente del Poder Ejecutivo y de otros
poderes del Estado y de ser garante del debido proceso y de las garantías
judiciales. El Estado venezolano debe dar plena garantía de una investigación
independiente, objetiva y transparente de los graves hechos acaecidos el pasado
12 de febrero.
Finalmente,
consideramos inaceptable el silencio de la Defensoría del Pueblo ante los graves
hechos descritos y exigimos el cumplimiento de sus obligaciones de “velar por
el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos”, tal como lo establece
el artículo 281 de la Constitución Nacional.
Por
la Vocería del Foro por la Vida:
Centro para la Paz y los Derechos
Humanos de la UCV
Caritas Los Teques
PROVEA